CREA FONDO DE OBRA PUBLICA

CREA FONDO DE OBRA PUBLICA

Villa de Merlo (S.L.) 09 de Enero de 2009.-

 

  ORDENANZA Nº 1124-HCD-2009

 
VISTO:
                         El Proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, contemplado en el Presupuesto Anual Municipal –Año 2009-, y:
 
CONSIDERANDO:
              Que el mismo prevé la creación de varios Fondos Municipales, entre ellos el asignado a la atención primaria de la salud, de educación, de turismo, de obra pública, todo ello a los efectos de darle un orden dentro de la legislación local vigente.-
Que uno de los aspectos de mayor relevancia contemplados en la nueva legislación mencionada, consiste en el incentivo a la obra pública municipal.-
Que habiéndose concluido su tratamiento, se dispone su aprobación.-
 
POR TODO ELLO  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
 

O R D E N A N Z A

 
ARTICULO 1º: CREASE, el Fondo Municipal destinado a OBRA PUBLICA MUNICIPAL, a partir de la fecha de sanción de la presente, el que consistirá en las alícuotas que se detallan en el Artículo subsiguiente.-
ARTICULO 2º:  La determinación de dicho Fondo para Obra Pública es la siguiente:

DETERMINACION FONDO DE OBRA PUBLICA
TASA DE SERVICIOS A LA PROPIEDAD
DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN
PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
OCUPACIÓN DEL ESPACIO PUBLICO
ESPECTACULOS PUBLICOS
AFECTACION DE PARTIDA 1%
MONTO DE TASAS SEGURIDAD E HIGIENE
EXPLOTACION DE CANTERAS
AFECTACION DE PARTIDA 2.5%
COPARTICIPACION DE IMPUESTOS
OCUPACION DEL ESPACIO AEREO
OTRAS TASAS
MULTA S  
AFECTACION DE PARTIDA 2.5%
APORTE DEL ENTE MIXTO
AFECTACION DE PARTIDA 100%

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHIVESE.-

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