Villa de Merlo (S.L.) 09 de Enero de 2009.-
ORDENANZA Nº 1124-HCD-2009
VISTO:
El Proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, contemplado en el Presupuesto Anual Municipal –Año 2009-, y:
CONSIDERANDO:
Que el mismo prevé la creación de varios Fondos Municipales, entre ellos el asignado a la atención primaria de la salud, de educación, de turismo, de obra pública, todo ello a los efectos de darle un orden dentro de la legislación local vigente.-
Que uno de los aspectos de mayor relevancia contemplados en la nueva legislación mencionada, consiste en el incentivo a la obra pública municipal.-
Que habiéndose concluido su tratamiento, se dispone su aprobación.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: CREASE, el Fondo Municipal destinado a OBRA PUBLICA MUNICIPAL, a partir de la fecha de sanción de la presente, el que consistirá en las alícuotas que se detallan en el Artículo subsiguiente.-
ARTICULO 2º: La determinación de dicho Fondo para Obra Pública es la siguiente:
DETERMINACION FONDO DE OBRA PUBLICA | |
TASA DE SERVICIOS A LA PROPIEDAD | |
DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN | |
PUBLICIDAD Y PROPAGANDA | |
OCUPACIÓN DEL ESPACIO PUBLICO | |
ESPECTACULOS PUBLICOS | |
AFECTACION DE PARTIDA 1% | |
MONTO DE TASAS SEGURIDAD E HIGIENE | |
EXPLOTACION DE CANTERAS | |
AFECTACION DE PARTIDA 2.5% | |
COPARTICIPACION DE IMPUESTOS | |
OCUPACION DEL ESPACIO AEREO | |
OTRAS TASAS | |
MULTA S | |
AFECTACION DE PARTIDA 2.5% | |
APORTE DEL ENTE MIXTO | |
AFECTACION DE PARTIDA 100% |
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHIVESE.-