AUTORIZA TENDIDO AÉREO EN CALLE RODEO DE LOS COCOS- Bº SAN AGUSTIN

AUTORIZA TENDIDO AÉREO EN CALLE RODEO DE LOS COCOS- Bº SAN AGUSTIN

Villa de Merlo, 07 de ABRIL de 2006.-

 

ORDENANZA Nº  967-HCD-2006

VISTO:
La Nota Recibida Nº 1810-HCD-2006, de fecha 28.03.06, elevada por la Arquitecta LAURA BRANDI, profesional a cargo de la Secretaría de Planeamiento y Gestión Territorial del Municipio, solicitando autorización para la realización de un tendido eléctrico en forma convencional, y:
 
CONSIDERANDO:
Que en la mencionada Nota, la citada solicita al H.C.D. se otorgue factibilidad de energía eléctrica domiciliaria, en forma aérea, es decir, a través del sistema convencional, red ésta, destinada a un grupo de vecinos domiciliados en Calle Rodeo de Los Cocos del Bº San Agustín, de nuestra localidad.-
Que realiza ésta solicitud con suma urgencia, por cuanto éstos vecinos necesitan la provisión de éste suministro en forma urgente por múltiples razones.-
Que  el tendido tendría una extensión aproximada de 240 metros sobre Calle Rodeo de Los Cocos y se encuentra a poca distancia de otro ya existente, de iguales características, cercano al lugar.-
Que existen otros pedidos similares  en otras zonas de la Villa, tales como en la zona de Piedra Blanca (Abajo).-
Que refiere además la peticionante que la Empresa prestataria del suministro eléctrico “EDESAL S.A.”, está dispuesta a realizar la obra para dar respuesta a éste grupo de familias.-
Que por las razones expuestas solicita que éste pedido sea tratado y se le dé el carácter de urgente tratamiento.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
Art.1º).-      HACER LUGAR, por las razones y motivos expuestos en los considerandos de la presente norma, al  pedido efectuado por la titular de la Secretaría de Planeamiento y Gestión Territorial del Municipio, mediante la Nota de referencia, y en consecuencia AUTORIZAR Y OTORGAR, la factibilidad para la provisión de energía eléctrica domiciliaria, en forma aérea, por sistema convencional, cuyos destinatarios serán el grupo de familias individualizadas, domiciliadas sobre Calle Rodeo de Los Cocos, del Bº San Agustín, de nuestra localidad, en una extensión aproximada de 240 metros.-
Art.2º).-      COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
 
Presidente HCD: Ricardo Rodolfo Federico Labat
Secretario Legislativo HCD: Dr. Jorge H. Flores

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