Villa de Merlo (S.L) 5 de diciembre de 2003.
ORDENANZA Nº 849-HCD-2003
VISTO:
La Nota R. Nº 2732 HCD/03 elevada a este Concejo por el Departamento Ejecutivo Municipal; Y
CONSIDERANDO:
Que la parcela 6 de la Manzana 57 del Plano 6/163/95 en oportunidad de su aprobación estaba destinada a la prolongación de la calle Pedernera.
Que la citada calle ya se encuentra abierta con el ancho fijado por la legislación vigente sin afectar a esta parcela.
Que conforme los informes recibidos, la ubicación de la calle no afecta derecho ni terreno de los frentistas hacia el Este.
Que los estudios realizados también informan que la superficie de la parcela se encuentra materializada en el terreno con superficie incluso superior a la consignada en el plano.
Que este Concejo entiende que debe atenderse el informe recibido en cuanto establece un inadecuado replanteo de las manzanas 53; 54; 55 y 56, lo que afecta la superficie del espacio verde de propiedad del municipio ubicado en la manzana 53, por lo que corresponde a través de la Secretaría de Planeamiento establecer con exactitud la superficie afectada y exigir a los titulares del parcelamiento su compensación.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES PRODUCE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art.1º).- Ordenase la desafectación con destino a calle pública de la Parcela 6 de la Manzana 57 del Plano 6/163/95.
Art.2º).- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reclamar la superficie faltante del espacio verde ubicado en la Manzana 53 del Plano 6/163/95, autorizándolo para que proceda a compensarla con terrenos ubicados en otro lugar del loteo.
Art.3º).- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Presidente HCD: Dr. Mario E: Mini
Secretaria Legislativa HCD: Dra. Susana Segura