RATIFICA ORDENANZA 783 (MUNICIPALIDAD-SERVE)

RATIFICA ORDENANZA 783 (MUNICIPALIDAD-SERVE)

Villa de Merlo (S.L.) 13 de Febrero de 2002.-

 

ORDENANZA  Nº 785 HCD-2002

VISTO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha ejercido la atribución que le otorga la Constitución de la Provincia de San Luis en su Artículo 261 Inc. 5 – Veto-, respecto de la Ordenanza Nº 783 HCD/02, y el Despacho de Comisión producido por los Sres. Concejales Alberto César Olivera, Sergio Escudero, Jesús Pérez y Jorge Omar Domínguez; Y
 
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza en cuestión se resuelve unilateralmente el convenio de partes mediante el cual la Municipalidad de Merlo, otorgaba el gerenciamiento del cobro de Tasas por Servicios a la Propiedad Inmueble.-
Que por las causas debidamente explicitadas en el Artículo 1204 del Código Civil de la Nación y sus Leyes  Modificatorias y demás considerandos.-
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L.), EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES SANCIONA LA PRESENTE:
 

ORDENANZA

Art.1º).-         Dar por cumplidos los extremos expuestos en el Artículo 261 Inc. 5 de la Constitución de la Provincia de San Luis en su parte pertinente “pudiendo el Concejo insistir por los dos tercios del total de sus miembros”.-
Art.2º).-         Ratificar en todas y cada una de las partes lo dispuesto en la Ordenanza Nº 783 HCD/02 en su parte resolutiva.-
Art.3º).-         Comuníquese, Publíquese, Regístrese, Archívese.-
 
Presidente HCD: Dr. Mario E. Mini
Secretaria Legislativa HCD: Dra. Susana Segura
 

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