APERTURA CALLE PUBLICA ACCESO A MIRLO

APERTURA CALLE PUBLICA ACCESO A MIRLO

Villa de Merlo, (S.L.), 16 de Noviembre de 2001.-

 
 

ORDENANZA  Nº 778-HCD-2002

VISTO:
El despacho de Comisión referido a la apertura de una calle de acceso al terreno cedido a la Comisión de Padres y Amigos del Centro de Educación Especial Mirlo; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante por Ordenanza Nº 657/97 cedió a esa Institución una fracción de terreno ubicada en el Parque Industrial que según Plano de Mensura Nº 06/20/87 aprobado por la Dirección de Geodesia y Catastro en fecha 14/20/87 aprobado por la Dirección de Geodesia y Catastro en fecha 14/04/87, se designa como parcela 12 de la Manzana 6 con una superficie de 1 has. 9.351,12 metros cuadrados.
Que la Ordenanza Nº 774/01 modificó la citada anteriormente, estableciendo la concesión de la Parcela en comodato por 99 años y que la misma podrá  ser utilizada para la construcción del edificio de la Institución.
Que el terreno en cuestión tendría acceso por la calle proyectada en el lindero sur, el que por las características topográficas resulta dificultoso.
Que en la actualidad el acceso al terreno se realiza desde la calle Ingeniero Agustín Mercau a través de una servidumbre de paso constituida sobre un predio cuya donación ha sido revocada por Ordenanza Nº 672/98.
Que resulta necesario garantizar el acceso al predio en forma permanente, siendo facultad de este Concejo determinar la utilidad pública de una superficie de tierra a fin de destinarla a la apertura de calles.
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO  (S.L) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

Art.1º).-   Disponer la apertura de una calle pública que afecte las Parcelas 3 y 12 de la Manzana 6 del Plano 6/20/87, con un ancho de 14 metros sobre el límite Oeste de las parcelas mencionadas a partir de la calle Ingeniero Agustín Mercau un sentido Norte Sur, y por un largo total de 276,36 metros.
Art.2º).-   Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal proceda a la apertura de dicha arteria.
Art.3º).-   Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
 
Vice Presidente H.C.D.: Dr. Manuel S. Cano
Secretaria H.C.D.: Dr. Susana Segura
 

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