MODIFICA ORDENANZA 521/93- AMIGOS DE MERLO

MODIFICA ORDENANZA 521/93- AMIGOS DE MERLO

Merlo, (S.L.) 03 de Noviembre de 1993

 

ORDENANZA Nº 531-HCD-1993

 
VISTO:
La observación efectuada por el Concejal Jorge Hernando Arias en el sentido de que la actual redacción del Art. 4º de la Ordenanza Nº 521-HCD-93, no refleja el contenido exacto y el espíritu, del texto aprobado  oportunamente,  y;
 
CONSIDERANDO:
Que por Secretaría y Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, se ha constatado que dicha observaron es totalmente procedente, y la falta se debe presumiblemente a un error de interpretación en la elaboración y corregido del Despacho de Comisión oportunamente presentado, habiendo para ello, elaborado el informe pertinente que en copia se acompaña a la presente.-
Que el tema se trató en el seno del Honorable Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del Día de la fecha existiendo en la ocasión dos posturas distintas: a) El Concejal Arias mocionó para que se confeccionara una nueva Ordenanza reformando el citado articulo de la Ordenanza Nº 521, y llevándolo a su redacción original, siendo apoyado en su moción por las Concejales Nicoletti y Flores Blanch; b) El Concejal Landeau mocionó para que el Art. 4º de la Ordenanza Nº 521, quedara con su redacción actual, recibiendo el apoyo del Concejal Busto. De esta manera, por mayoría simple se impuso la moción del Concejal Arias aprobándose la presente Ordenanza.-
POR ELLO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE  LA LEY, SANCIONA LA PRESENTE:
 

ORDENANZA

 
ART. 1º)Reformular el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 521-HCD-93, llevándolo a su texto original (sin correcciones), que figura en el Despacho de Comisión antecedente de la citada norma legal.-
ART. 2º) Atento a lo expresado en Articulo anterior, el referido Articulo 4º de la Ordenanza Nº 521-HCD-93, rezará: “Será facultad conjunta e igualitaria de la Municipalidad de Merlo y de la Sociedad de Fomento “Amigos de Merlo”, administrar su uso cuando la Terminal de Ómnibus haya dejado de funcionar en ese lugar; con el cargo de destinar los recursos procedentes de su explotación conjunta, a la educación, difusión de la cultura, becas, apoyo a bibliotecas, etc., o destinar el inmueble al funcionamiento de una Casa de Altos Estudios”.-
ART. 3º) De forma.-
DADA, SELLADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, A TRES DÍA DEL MES DE  NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-
 
 
Presidente H.C.D.: Eduardo E. Ponce
Secretario H.C.D.: Jorge H. Flores

Los comentarios están cerrados.