ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLE A BURI

ACEPTA DONACIÓN TERRENO PARA CALLE A BURI

Merlo, SL, 18 de Mayo de 1981

 

ORDENANZA Nº 234-IM-1981

 
VISTO:
El acta de donación de terreno para calle publica formulada por los señores RAÚL DANIEL BURI y TEOFILO DANIEL BURI y las facultades conferidas a esta Intendencia Municipal  por la Ley Nº 3715, dictada por el Superior Gobierno de la Provincia, y:
CONSIDERANDO:
Que la superficie donada surge del plano confeccionado por el Agrimensor Mario Álvarez Gristelli, con fecha diciembre de 1978, inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/45/78. Registrado en el Padrón de la Receptoría de Merlo bajo el Nº 342452. La superficie donada es de 856,85 metros cuadrados.-
Que en compensación de la donación del terreno para apertura de calle, se ha convenido con los donantes, eximirlos del pago de tasas por el término de cinco años y correspondientes a los frentes Este y Oeste de los lotes Nº 59 y 60, del plano de división  mencionado.-
Que a los efectos de la aceptación de la donación se dicta la presente Ordenanza con el fin de inscribir la parcela donada y posteriormente trazar la  calle, encuadrándola dentro de las disposiciones que rigen para el desarrollo urbano. Por ello:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MERLO (SAN LUIS),  SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

 

  • Aceptase la donación de la parcela de 856,85 metros cuadrados, para apertura de calle y ochavas, del plano de división confeccionado por el Agrimensor Mario Álvarez Gristelli, aprobado e inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el Nº 6/45/78, con fecha 22 de enero de 1979, Padrón de la Receptoría de Merlo bajo el Nº 342452. Donación hecha por los señores RAÚL DANIEL BURI y TEOFILO DANIEL BURI.-
  • En compensación a la donación hecha, eximase a los donantes del pago de las Tasas correspondientes a los frentes Este y Oeste de los lotes Nº 59 y 60, del plano de división mencionado en el Art. 1º, por el término de (5) CINCO AÑOS  a partir de enero de 1979.-
  • Tome nota Contaduría a sus efectos. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
 
Intendente: Julio Falco
Secretario  de Gobierno y Servicios Públicos: Juan Carlos Pringles
 

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