{"id":8690,"date":"2022-12-12T09:56:37","date_gmt":"2022-12-12T12:56:37","guid":{"rendered":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/?p=8690"},"modified":"2024-08-28T10:15:02","modified_gmt":"2024-08-28T13:15:02","slug":"ordenanza-n-i-1074-c-d-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2022\/12\/12\/ordenanza-n-i-1074-c-d-2022\/","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00b0 I-1074-C.D.-2022 &#8211; PROTOCOLO VIOLENCIA DE G\u00c9NERO"},"content":{"rendered":"\n<p>Villa de Merlo, (San Luis), 01 de Diciembre de 2022.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ORDENANZA N\u00b0 I-1074-C.D.-2022<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>VISTO:<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; La inclusi\u00f3n del Municipio de la Villa de Merlo dentro de su Organigrama, de la Secretaria Legal y T\u00e9cnica &#8211; Decreto N\u00b061- IM- 2019. Art. N\u00b0 1 &#8211; y la Direcci\u00f3n de Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad &#8211; Decreto N\u00b0 18-IM-2022; y:<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CONSIDERANDO:<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que en un corto plazo de actuaci\u00f3n, desde las \u00c1reas Municipales mencionadas en el Visto de la presente Ordenanza, &nbsp;se han realizado pol\u00edticas p\u00fablicas integrales para la plena igualdad jur\u00eddica, social, econ\u00f3mica, laboral, pol\u00edtica y cultural entre los g\u00e9neros, tales como la conformaci\u00f3n de un equipo interdisciplinario para el abordaje de las violencias, brindando actualmente acompa\u00f1amiento psicol\u00f3gico, abordajes socio comunitarios, asesoramiento legal en materia de violencia por motivos de g\u00e9nero, restituci\u00f3n de derechos e identidad, adem\u00e1s de constituirse en espacio de referencia para organizaciones del colectivo LGBTIQ+ y conformar una Mesa Interinstitucional de Abordajes en ni\u00f1ez, adolescencia y familias (MIANAF) que incluye mapeo de recursos zonales en salud, educaci\u00f3n, g\u00e9nero y diversidad, justicia y desarrollo social.-<\/p>\n\n\n\n<p>Que adem\u00e1s se cre\u00f3 una red de mujeres (#mujeresenRed) para la econom\u00eda solidaria donde se apoya y asiste a mujeres que se encuentran en condiciones de inequidad laboral al hacer frente a tareas de cuidado. Asimismo, se concret\u00f3 el primer operativo territorial, en conjunto con todas las \u00e1reas municipales con el objetivo de facilitar el acceso a derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>Que se realizaron imprescindibles firmas de acuerdos y convenios en beneficio de nuestra comunidad, como el que permite ser UDA, Unidad de ingreso, acompa\u00f1amiento y seguimiento del&nbsp; Programa de apoyo y acompa\u00f1amiento a personas en situaci\u00f3n de riesgo por violencia por motivos de g\u00e9nero (Acompa\u00f1ar)<\/p>\n\n\n\n<p>Que &nbsp;el ingreso al Programa&nbsp; GenerAR (creaci\u00f3n de \u00e1reas de g\u00e9nero municipales) del Ministerio de las Mujeres, g\u00e9neros y diversidad de la Naci\u00f3n, permiti\u00f3 recibir financiamiento para el equipamiento y capacitaciones tanto del equipo interdisciplinario como del ejecutivo y planta municipal; integrando mediante actas complementarias el Plan Nacional de Acci\u00f3n contra las Violencias por Motivos de G\u00e9nero 2022-2024.<\/p>\n\n\n\n<p>Que se firm\u00f3 el&nbsp; Convenio Marco de cooperaci\u00f3n, difusi\u00f3n y capacitaci\u00f3n en la tem\u00e1tica de trata de personas, integrando a partir de alli el Programa Nacional para la Lucha contra la Trata y Explotaci\u00f3n de Personas y para la Protecci\u00f3n y Asistencia a las v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p>Que con fecha 20 de abril de 2021, se firm\u00f3 el CONVENIO MARCO DE ASISTENCIA Y COOPERACI\u00d3N REC\u00cdPROCA ENTRE EL MINISTERIO DE LAS MUJERES, G\u00c9NEROS Y DIVERSIDAD Y LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO en el cual LAS PARTES asumieron el compromiso de coordinar acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta o en cooperaci\u00f3n, programas o proyectos en materia de pol\u00edticas de g\u00e9nero, igualdad, diversidad, y prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de situaciones de violencia por razones de g\u00e9nero, en funci\u00f3n de las capacidades y competencias propias, sin perjuicio de otro tipo de actividades que puedan llevarse a cabo en \u00e1reas de mutuo inter\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la violencia contra las mujeres e identidades de genero disidentes, sigue siendo un grave problema estructural de la sociedad, en raz\u00f3n de lo cual su tratamiento integral debe abordarse como una cuesti\u00f3n de Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Que tanto organismos internacionales como nacionales definieron pol\u00edticas sobre esta problem\u00e1tica estableciendo que, &#8220;Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados, pol\u00edticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia&#8217;.<\/p>\n\n\n\n<p>Que en el \u00e1mbito de la comunidad internacional se reconoce y conceptualiza la violencia contra las mujeres como una de las violaciones a los derechos humanos m\u00e1s graves y extendidas, mencionando en este marco los pactos internacionales de derechos humanos. En ese sentido, la Declaraci\u00f3n sobre la Eliminaci\u00f3n de la Violencia contra la Mujer, adoptada por <strong>Asamblea General de la Organizaci\u00f3n de las Naciones<\/strong> en 1993, define a la violencia basada en el g\u00e9nero como \u201cTodo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un da\u00f1o o sufrimiento, f\u00edsico, sexual o psicol\u00f3gico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacci\u00f3n o la privaci\u00f3n arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida p\u00fablica como en la privada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Que por su parte la <strong>Organizaci\u00f3n de Estados Americanos (OEA)<\/strong> ha dictado varias resoluciones sobre &#8220;Derechos Humanos. Orientaci\u00f3n Sexual e Identidad de G\u00e9nero \u201cen la cual se condenan los actos de violencia y violaciones a los derechos humanos contra personas por causa de su orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero, a la vez que se repudia la discriminaci\u00f3n contra personas, que se funden en los mismos motivos. Ello en el entendimiento de que el respeto a la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero son esenciales para la dignidad y humanidad de cada persona y no pueden ser motivo de discriminaci\u00f3n o abuso.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, por lo expuesto, la eliminaci\u00f3n de todas las formas de discriminaci\u00f3n constituye un mandato constitucional que conmina a los gobiernos en todos sus niveles tanto sea nacional, provincial y municipal a generar pol\u00edticas tendientes a identificar, combatir y erradicar la violencia ejercida contra las personas debido a las conductas y patrones sociales que constituyen su condici\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, es sabido que la violencia que se ejerce a las mujeres e identidades de g\u00e9nero disidentes, se manifiesta en numerosos \u00e1mbitos, como son: contexto familiar y afectivo, centros de trabajo y estudio, h\u00e1bito institucional, etc., raz\u00f3n por la cual, es necesario seguir arbitrando los medios necesarios en los diferentes \u00e1mbitos de este Municipio para brindar debida asistencia y contenci\u00f3n a la problem\u00e1tica, as\u00ed como su erradicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Que en ese sentido existen una gran cantidad de legislaci\u00f3n y pol\u00edticas p\u00fablicas, a nivel nacional como <strong>la Ley Nacional N\u00b0 26.485 de&#8221; Protecci\u00f3n Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, <\/strong>&nbsp;y<strong> Ley Nacional N\u00b0 27499 Ley Micaela de capacitaci\u00f3n Obligatoria para todas las personas que integran los Tres Poderes del Estado<\/strong>, y sus respectivas adhesiones provinciales y municipales, con el objetivo de asumir un compromiso en la construcci\u00f3n de espacios libres de violencia machista.<\/p>\n\n\n\n<p>Que asimismo existen numerosas legislaciones en relaci\u00f3n a la orientaci\u00f3n sexual e identidad o expresi\u00f3n de g\u00e9nero de las personas, que garantizan el derecho a la diversidad, como las sancionadas en el Congreso de la Naci\u00f3n leyes como la <strong>Ley N\u00b0 26.618 de &#8220;Matrimonio entre personas del mismo sexo<\/strong> y la <strong>Ley N\u00b0 26.743 de Identidad de g\u00e9nero<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Que por todo ello se dispone conforme lo que a continuaci\u00f3n se establece. &#8211;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>POR TODO LO EXPUESTO, ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SACIONA LA SIGUIENTE:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ORDENANZA<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ARTICULO 1\u00b0<\/u><\/strong>.- <strong>ESTABL\u00c9ZCASE<\/strong> el &#8220;Protocolo de Actuaci\u00f3n ante situaciones de Violencia de G\u00e9nero en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal&#8221;, que figura como ANEXO 1 de la presente Ordenanza.-<\/p>\n\n\n\n<p><a><\/a><strong><u>ARTICULO 2\u00b0.<\/u><\/strong>&#8211;&nbsp; <strong>ENTI\u00c9NDASE<\/strong> por Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal a los fines de la presente, a toda entidad u organismo dependiente de la Municipalidad de Villa de Merlo, as\u00ed como los \u00e1mbitos que a futuro se incorporen en su \u00f3rbita de actuaci\u00f3n; incluyendo los organismos descentralizados, entes aut\u00e1rquicos, empresas o sociedades del Estado Municipal, sociedades de econom\u00eda mixta o con participaci\u00f3n estatal mayoritaria y el Concejo Deliberante.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ARTICULO 3\u00b0<\/u><\/strong><strong><u>: <\/u><\/strong><strong>COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ANEXO 1:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>PROTOCOLO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>DE ACTUACI\u00d3N ANTE SITUACIONES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>&nbsp;DE VIOLENCIA DE G\u00c9NERO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el \u00e1mbito de la administraci\u00f3n p\u00fablica del<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&nbsp;Municipio de Villa de Merlo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>OBJETIVOS GENERALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>-Promover la transversalizaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero en el \u00e1mbito de la administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>-Adoptar medidas para la erradicaci\u00f3n de toda forma de violencia contra las mujeres y personas LGBTIQ+, conforme al Plan Nacional de accion contra las violencias por motivos de genero 2022 &#8211; 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>-Garantizar un ambiente libre de discriminaci\u00f3n y violen- cia contra las mujeres y personas LGBTIQ+, promoviendo condiciones de igualdad y equidad.<\/p>\n\n\n\n<p>-Fortalecer el trabajo de sensibilizaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, investigaci\u00f3n e informaci\u00f3n para la promoci\u00f3n y defensa de los derechos de las mujeres y personas LGBTIQ+.<\/p>\n\n\n\n<p>-Establecer canales de comunicaci\u00f3n para la difusi\u00f3n de los marcos normativos y el presente protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ESPEC\u00cdFICOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>-Generar \u00e1mbitos de con\ufb01anza y seguridad para que las personas afectadas puedan exponer su situaci\u00f3n, a \ufb01n de hacerla cesar de inmediato y establecer las responsabilidades, sanciones y medidas de protecci\u00f3n correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p>-Poner a disposici\u00f3n de las personas afectadas servicios de asesoramiento y asistencia.<\/p>\n\n\n\n<p>-Procurar cambios de conducta relativos a la violencia por motivo de g\u00e9nero, la discriminacion y la violencia laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>-Difundir este protocolo en cada \u00e1rea de la Municipalidad de la Villa de Merlo.<\/p>\n\n\n\n<p>-Sistematizar la informaci\u00f3n, a fin de contar con estad\u00edsticas locales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONDUCTAS ALCANZADAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todas aquellas conductas, acciones u omisiones que, de manera directa o indirecta, tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el privado, y basadas en una relaci\u00f3n desigual de poder, afecten la vida, libertad, dignidad, integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o patrimonial, como as\u00ed tambi\u00e9n la seguridad personal de las mujeres cisg\u00e9nero, transg\u00e9nero y personas LGBTIQ+.<\/p>\n\n\n\n<p>Las que configuren violencia de g\u00e9nero en los t\u00e9rminos de la Ley 26.485.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"410\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/iamgen-ordenanza-410x1024.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-8693\" srcset=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/iamgen-ordenanza-410x1024.jpg 410w, https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/iamgen-ordenanza-120x300.jpg 120w, https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/iamgen-ordenanza-768x1920.jpg 768w, https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/iamgen-ordenanza.jpg 800w\" sizes=\"auto, (max-width: 410px) 100vw, 410px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>&nbsp;TIPOS DE VIOLENCIA seg\u00fan Ley Nacional 26.485<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>F\u00edsica:<\/strong> La que se emplea contra el cuerpo produciendo dolor, da\u00f1o o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato o agresi\u00f3n que afecte la integridad f\u00edsica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Psicol\u00f3gica<\/strong>: La que causa da\u00f1o emocional y disminuci\u00f3n de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricci\u00f3n, humillaci\u00f3n, deshonra, descr\u00e9dito, manipulaci\u00f3n aislamiento. Incluye tambi\u00e9n la culpabilizaci\u00f3n, vigilancia constante, exigencia de obediencia, sumisi\u00f3n, coerci\u00f3n verbal, persecuci\u00f3n, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculizaci\u00f3n, explotaci\u00f3n y limitaci\u00f3n del derecho de circulaci\u00f3n o cualquier otro medio que cause perjuicio a la salud psicol\u00f3gica y a la autodeterminaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Sexual<\/strong>: Cualquier acci\u00f3n que implique la vulneraci\u00f3n en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho a decidir voluntariamente acerca de la vida sexual o reproductiva a trav\u00e9s de amenazas, coerci\u00f3n, uso de la fuerza o intimidaci\u00f3n, incluyendo la violaci\u00f3n dentro del matri- monio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, as\u00ed como la prostituci\u00f3n forzada, explotaci\u00f3n, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Econ\u00f3mica y patrimonial<\/strong>: aquella que se dirige a ocasionar un menoscabo&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; en los recursos econ\u00f3micos o patrimoniales, a trav\u00e9s de: La perturbaci\u00f3n de la posesi\u00f3n, tenencia o propiedad de bienes. La p\u00e9rdida, sustracci\u00f3n, destrucci\u00f3n, retenci\u00f3n o distracci\u00f3n indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.&nbsp; La limitaci\u00f3n de los recursos econ\u00f3micos destinados a satisfacer necesidades o privaci\u00f3n de los medios indispensables para vivir una vida digna.&nbsp; La limitaci\u00f3n o control de ingresos, as\u00ed como la percepci\u00f3n de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Simb\u00f3lica<\/strong>: La que, a trav\u00e9s de patrones estereotipados, mensajes, valores, \u00edconos o signos transmita y reproduzca dominaci\u00f3n, desigual- dad y discriminaci\u00f3n en las relaciones sociales, naturalizando la subor- dinaci\u00f3n de las mujeres y personas LGTBIQ+ en la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pol\u00edtica:<\/strong> Cualquier conducta, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, que se dirige de forma individual o grupal con intenci\u00f3n de menoscabar, anular, impedir, obstaculizar o restringir el ejercicio pol\u00edtico de las mujeres y personas LGBTIQ+, vulnerando el derecho a una vida pol\u00edtica libre de violencia y\/o el derecho a participar en los asuntos p\u00fablicos y pol\u00edticos en condiciones de igualdad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&nbsp;\u00c1MBITOS ALCANZADOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>-Cuando las acciones violentas ocurren dentro de las instalaciones dependientes de la Municipalidad de la Villa de Merlo<\/p>\n\n\n\n<p>-Cuando ocurren en cualquier espacio f\u00edsico o a trav\u00e9s de&nbsp; medios virtuales, si la persona agresora desarrolla sus actividades en la administraci\u00f3n p\u00fablica municipal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>NORMATIVA INTERNACIONAL Y NACIONAL QUE RIGE EL PRESENTE PROTOCOLO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Internacional:<\/p>\n\n\n\n<p>-Convenci\u00f3n sobre la Eliminaci\u00f3n de Todas las Formas de Discriminaci\u00f3n contra la Mujer (CEDAW &#8211; 1979)<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;-Convenci\u00f3n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convenci\u00f3n de Bel\u00e9m do Par\u00e1 &#8211; 1994)<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&#8211; Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas (Protocolo de Palermo &#8211; 2002)<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Principios sobre la aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n internacional de derechos humanos con relaci\u00f3n a la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero (Principios de Yogyakarta +10 &#8211; 2017)<\/p>\n\n\n\n<p>-Convenio sobre la violencia y el acoso N\u00b0 190 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT), 2019, ratificado mediante la Ley N\u00b0 27.580<\/p>\n\n\n\n<p>Nacional:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ley N\u00b0 26.485 de protecci\u00f3n integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los \u00e1mbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (2009)<\/p>\n\n\n\n<p>-Ley N\u00b0 26.384 de Prevenci\u00f3n y Sanci\u00f3n de la Trata de Personas y Asistencia a<\/p>\n\n\n\n<p>sus V\u00edctimas (2008)&nbsp; modificada por la Ley N\u00b0 26.842 (2012)<\/p>\n\n\n\n<p>-Ley N\u00b0 26.618 que modifica el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n para<\/p>\n\n\n\n<p>incorporar el matrimonio igualitario (2010)<\/p>\n\n\n\n<p>-Ley N\u00b0 26.743 de Identidad de G\u00e9nero que reconoce la identidad autopercibida<\/p>\n\n\n\n<p>de cada persona y su derecho a un trato digno (2012)<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ley N\u00b0 26.791 que recepta la figura de \u201cfemicidio\u201d en el C\u00f3digo Penal de la Naci\u00f3n: agrava el homicidio de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de g\u00e9nero (2012)<\/p>\n\n\n\n<p>-Ley N\u00b0 27.452 R\u00e9gimen de Reparaci\u00f3n Econ\u00f3mica para las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, \u201cLey Brisa\u201d, que incorpor\u00f3 un sistema de reparaci\u00f3n econ\u00f3mica&nbsp; para las hijas y los hijos de v\u00edctimas de femicidio (2018)<\/p>\n\n\n\n<p>-Ley N\u00b0 27.499 de Capacitaci\u00f3n Obligatoria en G\u00e9nero para todas las personas que integran los tres poderes del Estado, \u201cLey Micaela\u201d (2018)<\/p>\n\n\n\n<p>-Ley N\u00b0 27.610 de Acceso a la Interrupci\u00f3n Voluntaria del Embarazo (2021)<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ley N\u00b0 27.611 de Atenci\u00f3n y Cuidado Integral de la Salud durante el embarazo<\/p>\n\n\n\n<p>y la primera infancia, \u201cLey 1000 d\u00edas\u201d (2021)<\/p>\n\n\n\n<p>-Decreto N\u00b0 476\/2021 que establece como nomenclaturas a utilizarse en los Documentos Nacionales de Identidad y en los Pasaportes Ordinarios, en el campo referido al \u201csexo\u201d, \u201cF\u201d -Femenino-, \u201cM\u201d &#8211; Masculino- o \u201cX\u201d para aquellos supuestos&nbsp; donde las partidas de nacimiento hayan sido rectificadas en el marco de la Ley N\u00b0&nbsp; 26.743 (2021)<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211;&nbsp; Ley N\u00b0 27.636 de Promoci\u00f3n del Acceso al Empleo Formal para personas&nbsp; Travestis, Transexuales y Transg\u00e9nero \u201cDiana Sacay\u00e1n &#8211; Lohana Berkins\u201d (2021)<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PRINCIPIOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>A- Trato cuidado y confidencialidad<\/strong>. La persona denunciante deber\u00e1 ser escuchada sin menoscabar&nbsp; su&nbsp; dignidad&nbsp; y&nbsp; sin&nbsp; intromisi\u00f3n en aspectos irrelevantes. Se deber\u00e1 resguardar su voluntad en cuanto a las acciones que decida realizar y en la con\ufb01dencialidad de los datos quiera mantener en reserva. En este caso, se dar\u00e1n a conocer los datos estrictamente necesarios para garantizar el derecho de defensa de la persona se\u00f1alada como posible responsable de los hechos denunciados siendo imperante evitar la publicidad&nbsp; y&nbsp; la&nbsp; utilizaci\u00f3n&nbsp; pol\u00edtica&nbsp; del caso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>B- Asesoramiento, contenci\u00f3n y acompa\u00f1amiento<\/strong>. La persona afectada tendr\u00e1 a su disposici\u00f3n acompa\u00f1amiento en todo tr\u00e1mite posterior a la denuncia. Podr\u00e1 solicitar licencia laboral por violencia de g\u00e9nero (seg\u00fan <strong>Ordenanza&nbsp; N\u00ba IX-0823-HCD-2018)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>C- No revictimizaci\u00f3n.<\/strong> Se evitar\u00e1 la reiteraci\u00f3n innecesaria del relato de los hechos, y la exposici\u00f3n p\u00fablica de la persona denunciante y los datos que permitan identi\ufb01carla. Imperando la necesidad de mantener discreci\u00f3n y con\ufb01dencialidad en el tratamiento de la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>D- Detecci\u00f3n temprana de las violencias.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>E- Articulaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n interinstitucional e interdisciplinaria<\/strong>&nbsp; para el abordaje de las violencias por motivos de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;<strong>PERSONAS&nbsp;&nbsp; ALCANZADAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Persona agresora<\/strong>: cuando sea alguien que desempe\u00f1e funciones en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal sin necesidad de distinguir el tipo de contrataci\u00f3n que lo vincule con el Estado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Persona agredida<\/strong>: el protocolo ser\u00e1 aplicable independientemente de que cumpla funciones, preste servicios o mantenga v\u00ednculo laboral con la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PROCEDIMIENTO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&#8211;<strong>Cuando la persona agresora y la persona afectada se desempe\u00f1en en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La persona que se considere afectada o aquellas personas que tomen conocimiento de la situaci\u00f3n de violencia, podr\u00e1n:<\/p>\n\n\n\n<p>-Informar&nbsp; a su&nbsp; superior correspondiente, y\/o anoticiar al funcionario\/a de su \u00e1rea (Director\/a, Secretario\/a) quien inmediatamente deber\u00e1 informar a la Direccion de Mujeres, g\u00e9nero y diversidad.<\/p>\n\n\n\n<p>-Dirigirse directamente a la Direcci\u00f3n de Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad del Municipio, donde inmediatamente, se le ofrecer\u00e1 a la persona afectada un espacio de escucha y se informar\u00e1 acerca de los derechos que la asisten, en tanto asesoramiento, contenci\u00f3n y reparaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La Direcci\u00f3n de Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad pondr\u00e1 en conocimiento inmediato a la Secretaria Legal y T\u00e9cnica&nbsp; con quien arbitrar\u00e1 las medidas y sanciones en conjunto con la Direccion de Recursos Humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>-La persona afectada podr\u00e1 recurrir a los procedimientos administrativos existentes sin que \u00e9ste impida o paralice&nbsp; la&nbsp; v\u00eda judicial o implique limitaci\u00f3n a otra normativa que&nbsp; prevea iguales o mayores protecciones, amparos y garant\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Cuando solo la persona&nbsp; agresora se desempe\u00f1e en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El\/la Superior\/a que se notifica que un agente de su \u00e1rea fuere acusado como persona agresora, deber\u00e1 informar en un plazo no mayor a 48 horas, a la Direcci\u00f3n de mujeres, G\u00e9nero y Diversidad donde el procedimiento seguir\u00e1 el mismo curso que en el caso anterior.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>MEDIDAS DE PROTECCI\u00d3N Y\/O SANCIONES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; En el caso de que la persona afectada y la persona agresora se desempe\u00f1en en el mismo \u00e1mbito laboral o debieran estar en contacto directo, se deber\u00e1 construir una medida de protecci\u00f3n junto a la persona afectada, para que no quede obstruido su normal desarrollo laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso que exista medida cautelar como prohibici\u00f3n de acercamiento o cese de hostigamiento, se deber\u00e1 hacer efectiva de inmediato. Si la persona agresora presta servicio en la misma dependencia se proceder\u00e1 a garantizar el cese del contacto, preservando las condiciones laborales y salariales de la persona afectada.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp; Considerando que la violencia de g\u00e9nero se basa en una relaci\u00f3n desigual de poder, a la hora de determinar una sanci\u00f3n, se considerar\u00e1 como agravante el hecho de que la persona agresora ocupe lugares de responsabilidad&nbsp; jer\u00e1rquica,&nbsp; referencia p\u00fablica o cargos elegidos a trav\u00e9s del voto popular.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Con el objeto de que el presente protocolo act\u00fae como herramienta de transformaci\u00f3n ante la problem\u00e1tica estructural de la violencia de g\u00e9nero, m\u00e1s all\u00e1 de las sanciones administrativas &#8211; que ser\u00e1n determinadas por la Secretaria Legal y T\u00e9cnica y&nbsp; aplicadas por la Direcci\u00f3n de Recursos Humanos-&nbsp; las mismas deber\u00e1n ser acompa\u00f1adas por la habilitaci\u00f3n de un espacio tendiente al&nbsp; reconocimiento&nbsp; y&nbsp; responsabilizaci\u00f3n&nbsp; de la violencia ejercida por parte del agresor y que posibilite su recti\ufb01caci\u00f3n subjetiva. Para tal fin se implementa el <strong>\u201cDispositivo de Masculinidades<\/strong>\u201d que funcionar\u00e1 en la Direcci\u00f3n de Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad del Municipio de Villa de Merlo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQUI\u00c9N PUEDE APLICAR EL PROTOCOLO?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todas las personas con responsabilidad jer\u00e1rquica del Municipio de Villa de Merlo tienen la obligaci\u00f3n de aplicar este protocolo. Como as\u00ed tambi\u00e9n toda persona que tenga v\u00ednculo laboral con este municipio deber\u00e1 velar por el cumplimiento del mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;As\u00ed mismo, miembros de la comunidad, que tomen conocimiento de una situaci\u00f3n de violencia que implique a personal municipal podr\u00e1n solicitar a la Direcci\u00f3n de mujeres, g\u00e9nero y diversidad su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EN LAS DISTINTAS ETAPAS DEL PRESENTE PROTOCOLO INTERVIENEN<\/strong>:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Secretaria Legal y T\u00e9cnica<\/strong> que tiene la responsabilidad de:<\/p>\n\n\n\n<p>-Recepcionar las denuncias remitidas por la Direccion de Mujeres, g\u00e9nero y diversidad, evaluar, coordinar el abordaje conjunto.<\/p>\n\n\n\n<p>-Formular las consultas que considere pertinente.<\/p>\n\n\n\n<p>-Remitir las actuaciones a la Direcci\u00f3n de Recursos Humanos evaluando conjuntamente las sanciones plausibles.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Elevar recomendaciones a las autoridades de las \u00e1reas involucradas para implementar medidas de protecci\u00f3n y\/o sancionatorias correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Informar al Ejecutivo las acciones determinadas, observando y haciendo observar los principios rectores del protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Elaborar conjuntamente con la Direcci\u00f3n de Mujeres, g\u00e9nero y diversidad el informe anual sobre el cumplimiento del Protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p>La<strong> Direcci\u00f3n de Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad<\/strong> que tiene la responsabilidad de:<\/p>\n\n\n\n<p>-Informar inmediatamente de la situaci\u00f3n recepcionada a la Secretaria Legal y T\u00e9cnica.<\/p>\n\n\n\n<p>-Ofrecer un espacio a cargo de personal id\u00f3neo, con responsabilidad \u00e9tica y formaci\u00f3n espec\u00ed\ufb01ca en perspectiva de g\u00e9nero y diversidad, para asesorar y acompa\u00f1ar a la persona denunciante; brindar asesoramiento y efectivizar las articulaciones pertinentes para garantizar el acceso a la justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Habilitar a la brevedad el Dispositivo de masculinidades, que recepciona a las personas agresoras.<\/p>\n\n\n\n<p>-Monitorear la efectiva aplicaci\u00f3n del presente Protocolo y llevar adelante un registro estad\u00edstico de las situaciones abordadas.<\/p>\n\n\n\n<p>-Ejecutar estrategias de comunicaci\u00f3n para poner el Protocolo en conocimiento de todas las personas que pudieran requerir hacer uso del mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>-Desarrollar jornadas de sensibilizaci\u00f3n, formaci\u00f3n en perspectiva de g\u00e9nero y capacitaci\u00f3n en el funcionamiento del Protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p>-Evacuar las consultas formuladas por la Secretaria Legal y T\u00e9cnica y colaborar en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de medidas de protecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>-Colaborar con la Secretaria Legal y T\u00e9cnica en la elaboraci\u00f3n del Informe anual de aplicaci\u00f3n del Protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;La <strong>Direcci\u00f3n de Recursos Humanos<\/strong>&nbsp; que tiene como responsabilidad:<\/p>\n\n\n\n<p>-En caso de recepcionar denuncias, informar a la brevedad a la Direccion de Mujeres, g\u00e9nero y diversidad.<\/p>\n\n\n\n<p>-Articular la Implementaci\u00f3n de las sanciones y medidas de protecci\u00f3n que sugiera el trabajo coordinado con la Secretaria legal y t\u00e9cnica y la Direcci\u00f3n de Mujeres, g\u00e9nero y Diversidad.&nbsp; Observando para tal fin las disposiciones municipales y el Estatuto del personal Municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>-Facilitar el desarrollo de las jornadas de sensibilizaci\u00f3n, formaci\u00f3n en perspectiva de g\u00e9nero y capacitaci\u00f3n en el funcionamiento del Protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p>-Colaborar con la Secretaria Legal y T\u00e9cnica en la elaboraci\u00f3n del Informe anual de aplicaci\u00f3n del Protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>MONITOREO DEL PROTOCOLO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Secretaria Legal y Tecnica, en conjunto con la Direccion de Mujeres, g\u00e9nero y diversidad y la Direcci\u00f3n de Recursos humanos deber\u00e1n llevar un registro de consultas y situaciones abordadas para elaborar un informe anual que se presentar\u00e1 ante el Concejo Deliberante y Ejecutivo Municipal , a fin de evaluar procesos y aplicaci\u00f3n. Tanto el registro como el informe deber\u00e1n preservar la identidad de las personas y los datos sensibles que pudieran violar la privacidad y el resguardo de las persona involucradas.<\/p>\n\n\n\n<p><em>Este protocolo entra en&nbsp; vigencia seg\u00fan la ordenanza N\u00b0 \u2026., sancionada el \u2026.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La efectiva implementaci\u00f3n de este Protocolo ser\u00e1 observada por el Concejo Deliberante quien exigir\u00e1 la presentaci\u00f3n del informe anual, y podr\u00e1 solicitar informes extraordinarios cuando considere necesario.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CONSULTAS:<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Direcci\u00f3n de las Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad:<\/p>\n\n\n\n<p>Cel: 266 4174514<\/p>\n\n\n\n<p>E.mail: mujeresgeneroydiversidad.mvm@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>IG:@mujeresgeneroydiversidadmerlo<\/p>\n\n\n\n<p>Fb: Direcci\u00f3n de las Mujeres, G\u00e9nero y Diversidad Municipio Villa de Merlo<\/p>\n\n\n\n<p>Secretaria Legal y T\u00e9cnica Municipalidad de Villa de Merlo<\/p>\n\n\n\n<p>E-mail: legalytecnica.mvm@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-file btn-descarga-ordenanza\"><a id=\"wp-block-file--media-10c510f1-6777-4f52-9c0b-a3b28856199a\" href=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/1074-I-ORDENANZA-PROTOCOLO-VIOLENCIA-DE-GENERO.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">1074-I-ORDENANZA PROTOCOLO VIOLENCIA DE G\u00c9NERO<\/a><a href=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/1074-I-ORDENANZA-PROTOCOLO-VIOLENCIA-DE-GENERO.pdf\" class=\"wp-block-file__button wp-element-button\" download aria-describedby=\"wp-block-file--media-10c510f1-6777-4f52-9c0b-a3b28856199a\"><i class=\"fa fa-download\"><\/i>Descargar ordenanza<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PROTOCOLO VIOLENCIA DE G\u00c9NERO<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18,317,8,316],"tags":[],"class_list":["post-8690","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-accion-social","category-legislacion-sobre-genero","category-ordenanza","category-ordenanzas-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8690","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8690"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8690\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10750,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8690\/revisions\/10750"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8690"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8690"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8690"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}