{"id":604,"date":"2016-03-15T14:15:38","date_gmt":"2016-03-15T17:15:38","guid":{"rendered":"http:\/\/hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar\/?p=604"},"modified":"2016-03-15T14:15:38","modified_gmt":"2016-03-15T17:15:38","slug":"adhiere-aley-provincial-5029-95-y-autoriza-sub-prestamo-a-la-provincia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/03\/15\/adhiere-aley-provincial-5029-95-y-autoriza-sub-prestamo-a-la-provincia\/","title":{"rendered":"ADHIERE ALEY PROVINCIAL 5029-95, Y AUTORIZA SUB PRESTAMO A LA PROVINCIA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right\">Villa de Merlo (S.L) 12 de Setiembre de 1996<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><u>ORDENANZA N\u00ba 635-HCD-1996<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>VISTO:<\/u><\/strong><br \/>\nEl Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de declarar de inter\u00e9s municipal el Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (Ley N\u00ba 5029\/95) y aprobar la firma de los contratos correspondientes a los Proyectos presentados por la Municipalidad de Merlo, a la Unidad Ejecutora Provincial. El Proyecto alternativo presentado por la Bancada MID-PJ, y;<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong><u>CONSIDERANDO:<\/u><\/strong><br \/>\nQue es necesario la ejecuci\u00f3n de un programa de obras publicas que se adecue al crecimiento y desarrollo de nuestra localidad, permitiendo que el mismo sea sustentable en el tiempo, previsionando las exigencias que en el futuro demande el continuo crecimiento poblacional y de infraestructura.-<br \/>\nQue la situaci\u00f3n econ\u00f3mica financiera de los Municipios de todo el pa\u00eds, y especialmente de los de nuestra provincia hace imposible que obras de importancia puedan afrontarse con recursos ordinarios, cuando los plazos de ejecuci\u00f3n y desembolsos son cortos lo que har\u00eda que el costo deba ser trasladado a los contribuyentes en porcentajes muy elevados.-<br \/>\nQue estos pr\u00e9stamos est\u00e1n destinados a asistir financieramente a las Comunidades para solucionar sus problemas en forma global y estructural, requiri\u00e9ndose en cada caso implementar acciones que por sus caracter\u00edsticas posean un bajo impacto ambiental y un alto recupero de costos, que implique un menor esfuerzo de la poblaci\u00f3n, sin necesidad de aumentar significativamente las tasas contributivas.-<br \/>\nQue los cr\u00e9ditos que otorga el BID resultan apropiados por los montos que se otorgan y condiciones de amortizaci\u00f3n, lo que ha motivado que los Gobiernos Nacional y Provincial hayan declarado a los mismos de Inter\u00e9s Nacional y Provincial respectivamente, sancionando las legislaturas las leyes que posibiliten su acceso.-<br \/>\nQue la Ley Provincial N\u00ba 5029\/95 y el Decreto N\u00ba 1486\/HyOP (SEF)\/95 autorizan al Ejecutivo Provincial a celebrar con la Secretar\u00eda de Desarrollo Social de la Presidencia de la Naci\u00f3n un Convenio de Pr\u00e9stamo Subsidiario por los fondos provenientes del Convenio de Pr\u00e9stamo suscripto entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Naci\u00f3n Argentina, en el marco del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales.-<br \/>\nQue las mismas normas legales establecen que \u201c\u2026los Municipios que se incorporen al Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales, deber\u00e1n adherirse al R\u00e9gimen de la presente Ley y garantizar su cumplimiento afectando la coparticipaci\u00f3n provincial que les corresponde, previo a la iniciaci\u00f3n de cualquier tr\u00e1mite tendiente a la obtenci\u00f3n del mismo. El financiamiento estar\u00e1 limitado a los porcentajes establecidos en el programa\u2026\u201d.-<br \/>\nQue el sistema establecido por la Ley importa beneficios claros para la Comunidad de Merlo pues a trav\u00e9s de esta l\u00ednea crediticia se podr\u00e1 mejorar sustancialmente la calidad de los servicios municipales.-<br \/>\nQue la Municipalidad de Merlo ha presentado ante la Unidad Ejecutora Provincial proyectos de informatizaci\u00f3n de la administraci\u00f3n municipal, desag\u00fces pluviales, compra de dos camiones, una pala mec\u00e1nica y una retroexcavadora, instalaci\u00f3n de una planta de tratamiento de residuos s\u00f3lidos, e iluminaci\u00f3n de la Avenida Norte y accesos a Merlo.-<br \/>\nQue en las reuniones de Comisi\u00f3n realizadas para analizar la viabilidad de los proyectos se han incorporado el pedido de presentaci\u00f3n ante la Unidad Ejecutora Provincial de la contrataci\u00f3n de Servicios de Consultor\u00eda destinados a estudiar el aprovisionamiento de agua a nuestra ciudad, teniendo en cuenta las proyecciones del crecimiento de la demanda de ese elemento en el futuro mediato.-<br \/>\nQue estos emprendimientos se encuadran dentro de los objetivos del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales.-<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO (SAN LUIS) EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES SANCIONA LA SIGUIENTE:<\/strong><br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><u>ORDENANZA<\/u><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<br \/>\n<strong>ART. 1\u00ba)\u00a0 Decl\u00e1rase de Inter\u00e9s Municipal<\/strong> el Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales <strong>y adhi\u00e9rase a la Ley Provincial N\u00ba 5029\/95<\/strong> aprobatoria de dicho programa en el \u00e1mbito de la Provincia de San Luis.-<br \/>\n<strong>ART. 2\u00ba)<\/strong>\u00a0 Autor\u00edzase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con la Unidad Ejecutora Provincial designada por Decreto 1486-HyOP- (SEF)-95 los Contratos de Subpr\u00e9stamos correspondientes a los proyectos de: a) Mejoramiento Institucional de la Municipalidad de Merlo a trav\u00e9s de la informatizaci\u00f3n de la gesti\u00f3n, b) Adquisici\u00f3n de maquinaria (compra de dos camiones, una pala mec\u00e1nica con retroexcavadora), c) Construcci\u00f3n de desag\u00fces pluviales, d) Instalaci\u00f3n de una planta de tratamiento de residuos s\u00f3lidos, e) Iluminaci\u00f3n de la Avenida Norte y de los accesos de Merlo, f) Contrataci\u00f3n de servicios de consultor\u00eda para el estudio de las soluciones al problema de satisfacer el crecimiento de las soluciones al problema de satisfacer el crecimiento de la demanda de agua en Merlo, por un monto m\u00e1ximo de setecientos mil pesos ($ 700.000) en conjunto, por los fondos provenientes del Convenio de Pr\u00e9stamo Subsidiario suscripto con el Gobierno Nacional en el marco del Programa al cual se adhiere por el articulo anterior.-<br \/>\n<strong>ART. 3\u00ba)\u00a0 <\/strong>El monto m\u00e1ximo establecido en el art\u00edculo anterior se refiere a la globalidad de los proyectos debiendo respetarse en la ejecuci\u00f3n de los mismos las caracter\u00edsticas correspondientes a las consultas previas presentadas. En caso de ser imprescindible efectuar modificaciones en los proyectos que permitan reducir costos, para adecuar el endeudamiento al m\u00e1ximo establecido tal reducci\u00f3n se efectuar\u00e1 sobre el proyecto de la planta de tratamiento de residuos s\u00f3lidos.-<br \/>\n<strong>ART. 4\u00ba)\u00a0 <\/strong>El Departamento Ejecutivo Municipal presentar\u00e1 ante la Unidad Ejecutora Provincial consulta previa para la contrataci\u00f3n del servicio de consultor\u00eda para el estudio del servicio de consultor\u00eda para el estudio del mejoramiento del abastecimiento de agua para Merlo, por un monto m\u00e1ximo de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000).-<br \/>\n<strong>ART. 5\u00ba)\u00a0 <\/strong>Apru\u00e9bese los documentos correspondientes a los Subpr\u00e9stamos mencionados en el Art. 2\u00ba, que se agregan como parte integrante de la presente Ordenanza, y que responden al siguiente detalle:<\/p>\n<ol>\n<li>Convenio de Pr\u00e9stamo suscripto entre el BID y la Naci\u00f3n Argentina.-<\/li>\n<li>Convenio de Pr\u00e9stamo Subsidiario suscripto entre la Naci\u00f3n Argentina y la Provincia de San Luis.-<\/li>\n<li>Ley Provincial N\u00ba 5029\/95.-<\/li>\n<li>Proyecto de Contrato de Subpr\u00e9stamo con Municipios a ser suscriptos entre la c y la Municipalidad de Merlo.-<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>ART. 6\u00ba)\u00a0 <\/strong>Garant\u00edzase el cumplimiento de las obligaciones que se asuman en virtud del Contrato de Subpr\u00e9stamo a celebrar con la Unidad Ejecutora Provincial, mediante la afectaci\u00f3n de los fondos de la Coparticipaci\u00f3n Provincial o del R\u00e9gimen que la sustituya, y autorizase al Gobierno Provincial a retener de dichos fondos los montos que pudieren corresponder al incumplimiento de las obligaciones mencionadas.-<br \/>\n<strong>ART. 7\u00ba)\u00a0 <\/strong>Todas las cuestiones jur\u00eddicas relacionadas con el Contrato de Subpr\u00e9stamo cuya suscripci\u00f3n se autoriza en la presente Ordenanza, se regir\u00e1n por lo establecido en los documentos aprobados en el art. 2\u00ba y por las reglamentaciones que en consecuencia se dicten en el \u00e1mbito provincial y nacional. Subsidiariamente resultar\u00e1n de aplicaci\u00f3n las leyes provinciales mencionadas en la Ley 5029\/95 y las Ordenanzas Municipales pertinentes.-<br \/>\n<strong>ART. 8\u00ba)\u00a0 <\/strong>Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los documentos aprobados en el Art. 2\u00ba.-<br \/>\n<strong>ART. 9\u00ba)<\/strong>\u00a0 Comun\u00edquese, Publ\u00edquese, Arch\u00edvese y Reg\u00edstrese.-<br \/>\nPresidente H.C.D.: Dr. Mario E. Mini<br \/>\nSecretaria H.C.D.: Stella M. H. De Dulcich<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Villa de Merlo (S.L) 12 de Setiembre de 1996 &nbsp; ORDENANZA N\u00ba 635-HCD-1996 VISTO: El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de declarar de inter\u00e9s municipal el Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (Ley N\u00ba 5029\/95) y aprobar la firma de los contratos correspondientes a los Proyectos<\/p><\/div>\n<div class=\"blog-btn\"><a href=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/03\/15\/adhiere-aley-provincial-5029-95-y-autoriza-sub-prestamo-a-la-provincia\/\" class=\"home-blog-btn\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-604","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-poder-ejecutivo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/604","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=604"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/604\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=604"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=604"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=604"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}