{"id":574,"date":"2016-03-14T14:26:40","date_gmt":"2016-03-14T17:26:40","guid":{"rendered":"http:\/\/hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar\/?p=574"},"modified":"2016-03-14T14:26:40","modified_gmt":"2016-03-14T17:26:40","slug":"areas-peatonales-plaza-sobremonte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/03\/14\/areas-peatonales-plaza-sobremonte\/","title":{"rendered":"AREAS PEATONALES- PLAZA SOBREMONTE"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right\">Villa de Merlo (S.L.) 2 de febrero de 1996<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><u>ORDENANZA N\u00ba 612 \u2013HCD-1996<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><br \/>\n<strong><u>VISTO<\/u>: <\/strong><br \/>\nEl Decreto 65-IM-96 por el cual se establece como \u00e1reas peatonales las calles Coronel Mercau entre Juan de Videla y Per\u00f3n, y Juan de Videla entre Presb\u00edtero Becerra y Coronel Mercau., y;<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong><u>CONSIDERANDO<\/u>:<\/strong><br \/>\nQue el Departamento Ejecutivo Municipal ha implementado una zona peatonal en la calle Juan de Videla y Coronel Mercau, sobre la plaza Marques de Sobremonte, en el marco de una reorganizaci\u00f3n del tr\u00e1nsito vehicular en la zona de mayor afluencia y concentraci\u00f3n de vecinos y turistas en el per\u00edodo de verano, y concurrentemente permitir el uso adecuado de la Plaza de Merlo.-<br \/>\nQue tal resoluci\u00f3n se concibe como una conquista del peat\u00f3n y la comunidad toda permiti\u00e9ndole el uso y goce de la zona c\u00e9ntrica, lo que se ve impedida por la concentraci\u00f3n excesiva de tr\u00e1nsito, que dado la conformaci\u00f3n urbana de la localidad lleva a que casi la totalidad de automovilistas terminen girando alrededor de la Plaza.-<br \/>\nQue la medida as\u00ed entendida significa un beneficio tambi\u00e9n para los comercios ubicados en frente de la Plaza, pudiendo el p\u00fablico acceder c\u00f3moda y seguramente a sus locales, y que adem\u00e1s permite que se coloquen sillas y mesas sobre la calle liberando a la plaza de ellas, y permitiendo a los comercios una m\u00e1s c\u00f3moda y eficiente atenci\u00f3n de sus clientes, sin necesidad de que los mozos crucen la calle atestada de veh\u00edculos.-<br \/>\nQue a fin de que los veh\u00edculos no vean disminuida su posibilidad de estacionamiento el Municipio ha implementado beneficios para incentivar la apertura de playas de estacionamiento, con resultado positivo ya que se encuentran funcionando dos playas a pocos metros de la zona peatonal.-<br \/>\nQue pr\u00e1cticamente en todos los lugares tur\u00edsticos con similares caracter\u00edsticas a Merlo, existen zonas peatonales, y que desde 1983 hasta la fecha las distintas administraciones municipales han tomado id\u00e9ntica resoluci\u00f3n, incluso alguna de ellas a pedido de vecinos de la calle Cnel. Mercau y Juan de Videla, solo que ninguna de ellas la mantuvo en vigencia m\u00e1s que por un brev\u00edsimo per\u00edodo de tiempo, insuficiente para evaluar su resultado en funci\u00f3n de los objetivos perseguidos, por lo que se entiende necesario mantener la medida por el plazo a fijarse.-<br \/>\nQue el Concejo Deliberante en su anterior composici\u00f3n hab\u00eda sancionado por unanimidad la Ordenanza N\u00ba 581.HCD-94, en la cual se establec\u00eda una zona peatonal id\u00e9ntica a la actual.-<br \/>\nQue si bien en \u00a0el Decreto del DEM no se ha establecido plazo de vigencia, surge de sus considerandos que el mismo corresponde al per\u00edodo de duraci\u00f3n de la temporada de turismo de verano, por lo que corresponde al Ejecutivo Municipal fijar las fechas de inicio y finalizaci\u00f3n, conforme a la afluencia tur\u00edstica.-<br \/>\nQue luego de su implementaci\u00f3n, comerciantes con negocios ubicados en frente de la Plaza, han manifestado al DEM su disconformidad con la medida, lo que motiv\u00f3 la convocatoria a Sesi\u00f3n Extraordinaria para tratar la cuesti\u00f3n, oportunidad en la que el Concejo Deliberante ha recibido una nota de comerciantes y celebrado reuni\u00f3n informativa con ellos.-<br \/>\nQue debe destacarse que el cuestionamiento de los comerciantes en su gran mayor\u00eda aparece vinculado con las medidas adoptadas por el DEM\u00a0 para dar cumplimiento a las ordenanzas vigentes que impiden el estacionamiento sobre el costado izquierdo de las calles de una sola mano, y solo algunos de ellos cuestionan la zona peatonal. Que todos sin excepci\u00f3n reconocen la necesidad de reorganizar el tr\u00e1nsito vehicular en Merlo, pero objetan la oportunidad de las medidas adoptadas y que los comerciantes de la calle Juan de Videla se encuentran conformes con la zona peatonal.-<br \/>\nAnte ello corresponde establecer que la convocatoria a Sesi\u00f3n Extraordinaria lo ha sido al solo efecto de tratar el Decreto que establece la zona peatonal, pero no existe proyecto de ordenanza del Ejecutivo Municipal ni de Concejal alguno que contemple la modificaci\u00f3n de las ordenanzas vigentes sobre tr\u00e1nsito y estacionamientos.-<br \/>\nEn relaci\u00f3n al cuestionamiento de la oportunidad y en lo que respecta a la zona peatonal, surge evidente que no existe otra oportunidad que la de la temporada estival para su implementaci\u00f3n que es cuando la afluencia de turistas justifica la medida.-<br \/>\nQue \u00e9sta comisi\u00f3n no comparte el criterio de que la medida ocasiona p\u00e9rdidas a los comerciantes puesto que se considera que representa para ellos un beneficio por la posibilidad de atenci\u00f3n c\u00f3moda y segura de los clientes, y se han implementado algunos espect\u00e1culos y atractivos para que los turistas concurran y permanezcan en la zona. Que en todos los lugares en donde existen zonas peatonales los comercios all\u00ed instalados son los de mayor valor de venta y alquileres.-<br \/>\nQue esta comisi\u00f3n entiende que el cuestionamiento tiene un fuerte contenido de resistencia al cambio de costumbres, especialmente en lo que respecta al giro alrededor de la plaza, lo que con el mantenimiento de la medida tender\u00e1 a desaparecer, m\u00e1xime que la zona se establece desde la hora veintiuna hasta la hora tres del d\u00eda siguiente.-<br \/>\nQue la casi totalidad de los comerciantes presentes en la reuni\u00f3n han manifestado que su presencia se debe a que se consideran afectados y que si la zona se hubiera establecido en otro lugar no se encontrar\u00edan presentes, lo que demuestra la defensa de un inter\u00e9s sectorial, cose que se entiende leg\u00edtima, pero es deber de las autoridades tener en cuenta el inter\u00e9s general de la comunidad en su conjunto.-<br \/>\nQue se han receptado opiniones a trav\u00e9s de la Oficina de Turismo y consultas directas que resultan favorables a las medidas adoptadas, sin que se haya recibido en la Municipalidad queja alguna de vecinos y turistas.-<br \/>\nQue esta comisi\u00f3n entiende que el acelerado crecimiento de nuestra localidad hace necesario e ineludible que se tomen medidas tendientes a su ordenamiento, medidas que deben contemplar el inter\u00e9s general de la comunidad y tener permanencia en el tiempo para que puedan tener los efectos deseados.-<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 POR TODO ELLO \u00a0EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:<\/strong><br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><u>ORDENANZA<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><br \/>\n<strong>ART.1\u00ba)<\/strong> Declara como <u>\u00e1reas peatonales<\/u> las siguientes calles:<\/p>\n<ol>\n<li>Coronel Mercau entre Juan de Videla y Presidente Per\u00f3n,<\/li>\n<li>Juan de Videla entre Presb\u00edtero Becerra y Coronel Mercau<\/li>\n<\/ol>\n<p>En el per\u00edodo comprendido entre las veintiuna horas y las tres horas del d\u00eda siguiente.-<br \/>\n<strong>ART.2\u00ba)<\/strong> La Municipalidad delimitar\u00e1 sobre el \u00e1rea peatonalizada una zona destinada a entretenimientos infantiles y una zona de uso comercial (instalaci\u00f3n de mesas de confiter\u00edas) cuyas dimensiones se especifica en el Anexo I del Decreto 65-IM-96.-<br \/>\n<strong>ART.3\u00ba)<\/strong> En el horario fijado por el art\u00edculo 1\u00ba, la parada de taxis ubicada en la calle Coronel Mercau se ubicar\u00e1 sobre la calle Presidente Per\u00f3n a partir de Coronel Mercau.-<br \/>\n<strong>ART.4\u00ba)<\/strong> Los establecimientos comerciales (confiter\u00edas que hacen uso del espacio p\u00fablico de la plaza frente al \u00e1rea peatonal) deber\u00e1n colocar sus mesas y sillas en dicha \u00e1rea y en la zona delimitada al efecto por la Municipalidad dejando libre la Plaza.-<br \/>\n<strong>ART.5\u00ba)<\/strong> Al cerrarse el \u00e1rea peatonal, personal municipal proceder\u00e1 a desalojar los autom\u00f3viles estacionados dentro de ella, que constituir\u00e1 una zona de estacionamiento prohibido, haci\u00e9ndose pasibles en caso contrario de las multas fijadas en el C\u00f3digo de Faltas Municipal.-<br \/>\n<strong>ART.6\u00ba)<\/strong> Girar copia de la presente Ordenanza a las Secretar\u00edas de Hacienda y de Obras y Servicios P\u00fablicos a los fines de que dispongan las partidas presupuestarias y las medidas organizativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.-<br \/>\n<strong>ART.7\u00ba)<\/strong> Comun\u00edquese, Publ\u00edquese, Reg\u00edstrese y Arch\u00edvese.-<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPresidente H.C.D.: Dr. Mario E. Mini<br \/>\nSecretaria H.C.D.: Stella M. de Dulcich<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Villa de Merlo (S.L.) 2 de febrero de 1996 \u00a0 ORDENANZA N\u00ba 612 \u2013HCD-1996 \u00a0 VISTO: El Decreto 65-IM-96 por el cual se establece como \u00e1reas peatonales las calles Coronel Mercau entre Juan de Videla y Per\u00f3n, y Juan de Videla entre Presb\u00edtero Becerra y Coronel Mercau., y; &nbsp; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal<\/p><\/div>\n<div class=\"blog-btn\"><a href=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/03\/14\/areas-peatonales-plaza-sobremonte\/\" class=\"home-blog-btn\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[16],"tags":[263],"class_list":["post-574","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-transporte","tag-transito"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/574","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=574"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/574\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=574"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=574"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=574"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}