{"id":1278,"date":"2016-05-11T13:51:18","date_gmt":"2016-05-11T16:51:18","guid":{"rendered":"http:\/\/hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar\/?p=1278"},"modified":"2021-11-29T20:51:49","modified_gmt":"2021-11-29T23:51:49","slug":"crea-programa-escuela-municipal-de-oficios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/05\/11\/crea-programa-escuela-municipal-de-oficios\/","title":{"rendered":"CREA PROGRAMA ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right\">Villa de Merlo (San Luis), 03 de Diciembre de 2007.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4 style=\"text-align: center\">O R D E N A N Z A\u00a0 N\u00ba 1076-HCD-2007<\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><u>Programa \u201cESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS\u201d.<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>VISTO: <\/u><\/strong><br \/>\nLa necesidad de dotar a diversos segmentos de la poblaci\u00f3n local y de la regi\u00f3n de herramientas educativas de formaci\u00f3n te\u00f3rico &#8211; pr\u00e1ctica que les permita mejorar r\u00e1pidamente su competitividad en la b\u00fasqueda de empleos dignos o en tareas desarrolladas de manera aut\u00f3noma con la misma caracter\u00edstica, promoviendo de tal manera una mayor equidad de oportunidades en los campos del trabajo y en la posibilidad de ascenso en la escala socioecon\u00f3mica\u00a0 de nuestros vecinos con mayores dificultades en dichos \u00e1mbitos; Y:<br \/>\n<strong><u>CONSIDERANDO:<\/u><\/strong><br \/>\nQue en nuestra ciudad y en la regi\u00f3n es notoria la escasez de este tipo de oferta de formaci\u00f3n.<strong><u><br \/>\n<\/u><\/strong><br \/>\nQue es reconocido el crecimiento de actividades econ\u00f3micas en nuestra localidad y en la regi\u00f3n que requieren mano de obra especializada para cubrir tareas que tienen vinculaci\u00f3n directa con las mismas.<br \/>\nQue tan es as\u00ed que no son pocas las empresas, organizaciones y profesionales que se encuentran con dificultades a la hora de reclutar personal calificado, debido a la poca oferta con tal caracter\u00edstica.<br \/>\nQue, a nivel nacional, durante los a\u00f1os noventa se priorizaron otras modalidades, orientaciones y competencias formativas, quedando relegada la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n espec\u00edficamente t\u00e9cnica.<br \/>\nQue la actual gesti\u00f3n municipal ha gestionado y gestiona la oferta de sistemas nacionales de financiamiento a micro emprendimientos, convirti\u00e9ndose ello en una excelente herramienta para el desarrollo y &#8211; de manera directa e indirecta \u2013 para la inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral de muchos vecinos.<br \/>\nQue algunas personas que pueden iniciarse en un oficio o proyecto productivo por cuenta propia, necesitan adem\u00e1s de la viabilidad financiera, la capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica espec\u00edfica para desarrollar con \u00e9xito tales proyectos.<br \/>\nQue existen algunos riesgos de que los trabajadores capacitados por una empresa sean contratados luego por otros empresarios, conspirando as\u00ed contra la realizaci\u00f3n de actividades de capacitaci\u00f3n en cada una.<br \/>\nQue por ello tambi\u00e9n resulta aconsejable la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas tendientes a resguardar la igualdad de oportunidades de los ciudadanos.<br \/>\nQue la formaci\u00f3n continua y permanente es una condici\u00f3n para el mejoramiento de las posibilidades de vida en el trabajo y de progreso personal de los trabajadores.<br \/>\nQue si algunas empresas son renuentes a capacitar a sus trabajadores, qu\u00e9 puede esperar el excluido del sistema laboral y productivo.<br \/>\nQue es necesario ofrecer a los j\u00f3venes y adultos que han desertado de la educaci\u00f3n formal o que egresan sin titularizaci\u00f3n, oportunidades de capacitaci\u00f3n para el ejercicio de la actividad laboral.<br \/>\nQue la visi\u00f3n expuesta en el Visto es compartida por diversos \u00e1mbitos del orden municipal, provincial\u00a0 y nacional.<br \/>\nQue en septiembre de 2005 fue sancionada y promulgada la LEY DE EDUCACION T\u00c9CNICO PROFESIONAL, Ley N\u00ba 26.058 con el objetivo de reimplantar la educaci\u00f3n t\u00e9cnica en el orden nacional.<br \/>\nQue si bien esta legislaci\u00f3n es de alcance nacional, mediante distintas herramientas de que se dispone en la misma norma, el proyecto resulta de alcance federal.<br \/>\nQue no obstante lo afirmado esta ley tiene alcances de estudios y formaci\u00f3n en niveles intermedios y superiores y por ello no puede ser de aplicaci\u00f3n directa por los \u00e1mbitos municipales.<br \/>\nQue sin embargo el concepto de esa propuesta debe ser tenido en cuenta a\u00fan en estamentos de formaci\u00f3n menores.<br \/>\nQue aunque con limitaciones en relaci\u00f3n a aqu\u00e9l tipo nivel de formaci\u00f3n, los municipios est\u00e1n en condiciones de encontrar respuestas adecuadas a la situaci\u00f3n planteada dando soluciones relativamente r\u00e1pidas en niveles de formaci\u00f3n a su alcance y que en muchos casos resultan, a\u00fan, prioritarios.<br \/>\nQue en la sociedad local tambi\u00e9n se han recogido numerosas y diversas manifestaciones de inter\u00e9s ante la necesidad planteada.<br \/>\nQue entre ellas vale mencionar las provenientes del \u00e1mbito municipal en sus \u00e1reas de desarrollo social, educaci\u00f3n, recursos humanos, mesa territorial, oficina de empleo, mesa de gesti\u00f3n del Centro de Integraci\u00f3n Comunitaria y turismo.<br \/>\nQue en el mismo sentido y puntualmente vale resaltar el inter\u00e9s ya manifestado por el Rotary Club de Villa de Merlo en procura de modificar la situaci\u00f3n actual, para la cual ha efectuado valiosas propuestas concretas.<br \/>\nQue en base a este conjunto de inquietudes y a lo largo de varios meses se ha ido avanzando en el an\u00e1lisis de la situaci\u00f3n y que el debate sobre el tema ha enriquecido las posibilidades y opciones.<br \/>\nQue es nuestra responsabilidad dedicar los mayores esfuerzos para proporcionar a la comunidad una oferta ampliada en educaci\u00f3n orientada a brindarles mejores oportunidades de inclusi\u00f3n; creando ofertas educativas que permitan articular la capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n t\u00e9cnica y profesional con el sistema productivo de nuestra regi\u00f3n; contribuyendo a\u00a0 disminuir la deserci\u00f3n escolar a trav\u00e9s de la asignaci\u00f3n de mayores recursos humanos, econ\u00f3micos, materiales y de infraestructura para esta ampliaci\u00f3n de la oferta educativa.<br \/>\nQue entre las \u00e1reas en las cu\u00e1les se considera de prioridad avanzar\u00a0en la formaci\u00f3n, especialmente de j\u00f3venes, se destacan, por su paralelismo con las actividades m\u00e1s importantes de nuestra ciudad, la construcci\u00f3n y el turismo, pero que existen otras, como por ejemplo la mec\u00e1nica, en la que lo escaso de la oferta calificada tambi\u00e9n es notoria..<br \/>\nQue tambi\u00e9n y abonando la propuesta es necesario tener en cuenta los problemas de deserci\u00f3n escolar existentes.<br \/>\nQue en tal sentido debe tenerse en cuenta que de an\u00e1lisis efectuados en el \u00e1mbito municipal surge la real situaci\u00f3n de deserci\u00f3n escolar que experimenta la poblaci\u00f3n infantil en nuestra Ciudad y que denota un problema prioritario por su frecuencia, magnitud, tendencia y por la vulnerabilidad de la poblaci\u00f3n afectada, proveniente de hogares con NBI (Necesidades B\u00e1sicas Insatisfechas).<br \/>\nQue aunque la educaci\u00f3n no garantiza autom\u00e1ticamente un empleo, s\u00ed puede ayudar a que las personas enfrenten con mayores posibilidades de \u00e9xito la amenaza de la pobreza en alg\u00fan momento de sus vidas.<br \/>\nQue es de pleno conocimiento que el nivel de escolaridad y conocimientos favorece\u00a0 mejores opciones y condiciones de bienestar, sobre todo en econom\u00edas en las que persisten desigualdades fuertes en la distribuci\u00f3n del ingreso.<br \/>\n<strong>Que en nuestra localidad s\u00f3lo el 7% de la poblaci\u00f3n con NBI logra niveles de secundario completo universitario incompleto, estando m\u00e1s del 90% de esa misma poblaci\u00f3n en los niveles de instrucci\u00f3n m\u00e1s bajos.<\/strong><br \/>\nQue la Municipalidad de Villa de Merlo cuenta con un \u00e1mbito f\u00edsico m\u00e1s que adecuado para llevar a cabo buena parte de este proyecto, como lo es el Centro de Integraci\u00f3n Comunitario.<br \/>\nQue por otra parte y de los aportes propuestos por el sector privado surge tambi\u00e9n la posibilidad concreta de contar con otros \u00e1mbitos f\u00edsicos acordes con el desarrollo de actividades te\u00f3ricas y sobre todo pr\u00e1cticas.<br \/>\nQue tambi\u00e9n se han detectado diversas ofertas para cubrir los aspectos relacionados con la actividad de capacitaci\u00f3n y de formaci\u00f3n.<br \/>\nQue tanto desde la Secretar\u00eda de Turismo de la Naci\u00f3n, puntualmente de su \u00e1rea de Educaci\u00f3n y Formaci\u00f3n, como desde los Ministerios Nacionales de Trabajo y Seguridad Social (Direcci\u00f3n Nacional de Orientaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Profesional), de Desarrollo Social (Direcci\u00f3n de Pr\u00e1cticas en Oficios Populares) y de Educaci\u00f3n, la Municipalidad de Villa de Merlo cuenta con la predisposici\u00f3n de estas reparticiones para colaborar con el programa.<br \/>\nQue el Art. 261 &#8211; Inc. 11) de la Constituci\u00f3n Provincial faculta al Ejecutivo Municipal a crear establecimientos educativos.<br \/>\nQue el proyecto cuyos lineamientos y avances viene desarrollando el Rotary Club de Villa de Merlo, en contacto con la Direcci\u00f3n de Pr\u00e1cticas en Oficios Populares de la Subsecretar\u00eda de Organizaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n Popular del Ministerio de Desarrollo Social de la Naci\u00f3n, junto a integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal y de este Honorable Concejo Deliberante se encuentra en un avanzado grado de madurez.<br \/>\nQue en las actuales circunstancias resulta entonces conveniente impulsar la creaci\u00f3n de un marco formal a este tipo de emprendimientos destinados a la formaci\u00f3n &#8211; con las caracter\u00edsticas descriptas &#8211; de hombres y mujeres de nuestra ciudad y la regi\u00f3n.<br \/>\nQue su desarrollo deber\u00e1 ser paulatino y gestionado debidamente, incluyendo en ello especialmente, las cuestiones vinculadas al financiamiento del programa.<br \/>\nQue en tal sentido la presente norma ha de convertirse en una palanca que act\u00fae en beneficio de las gestiones que deban realizarse en b\u00fasqueda del necesario financiamiento, porque es la ciudadan\u00eda de nuestra localidad, a trav\u00e9s de sus representantes, la que define claramente el inter\u00e9s en la concreci\u00f3n del programa.<br \/>\nQue tales condiciones y en base al proyecto impulsado por el Rotary Club de nuestra ciudad y las autoridades locales se est\u00e1 en condiciones de iniciar un camino tan apasionante como complejo, resultando el caso espec\u00edfico mencionado en este considerando, adem\u00e1s de su propio valor, una suerte de fuerte y org\u00e1nico mecanismo de impulso a la idea fuerza.<br \/>\nQue todo lo antedicho asevera entonces la conveniencia y posibilidad de crear un \u00e1mbito educativo de orden municipal que colabore con la formaci\u00f3n t\u00e9cnica y ayude as\u00ed a la inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral de los habitantes de nuestra Villa y la regi\u00f3n en condiciones competitivas.<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><u>ORDENANZA<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>Art\u00edculo 1<\/u><\/strong><strong>\u00ba:<\/strong>\u00a0 <strong>CREAR<\/strong> en el \u00e1mbito de la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n Municipal el <strong>Programa \u201cESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS\u201d.<\/strong><br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 2\u00ba<\/u><\/strong><strong>: OBJETIVOS:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Formar y capacitar en diferentes oficios a hombres y mujeres.<\/li>\n<li>Promover propuestas educativas vinculadas a las demandas del sector productivo y de servicios.<\/li>\n<li>Orientar la formaci\u00f3n reforzando la importancia de la cultura del esfuerzo, de la \u00e9tica y la equidad de oportunidades para todos los vecinos sin distinci\u00f3n alguna.<\/li>\n<li>Generar oportunidades para la inserci\u00f3n laboral, incrementando los niveles de productividad, calidad y competitividad de la oferta local y regional de productos y servicios.<\/li>\n<li>Priorizar la capacitaci\u00f3n en el desarrollo de competencias referidas a saberes tecnol\u00f3gicos y a los procesos de transformaciones socio econ\u00f3micos de la regi\u00f3n.<\/li>\n<li>Mejorar las condiciones de vida y de trabajo de las personas, posibilitando concretas opciones de inserci\u00f3n o crecimiento en las escala social, de trabajo y de sus respectivas econom\u00edas familiares en el marco de la capacitaci\u00f3n laboral y formaci\u00f3n profesional.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><u>Art\u00edculo 3\u00ba<\/u><\/strong><strong>: DEFINICION:<\/strong> Se entender\u00e1 por capacitaci\u00f3n laboral y formaci\u00f3n profesional al proceso educativo destinado a promover, facilitar, fomentar y desarrollar competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales pertinentes a la especificidad de los procesos de trabajo de distintos oficios.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 4\u00ba<\/u><\/strong><strong>: CONTENIDOS:<\/strong> Los cursos de Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n deber\u00e1n tener correlaci\u00f3n con las necesidades especificas actuales y futuras del sector productivo y del mercado laboral de Villa de Merlo y su regi\u00f3n de influencia, teniendo e incluyendo especialmente en cuenta a los otros municipios integrantes del Corredor Biocomechingones, al momento de la implementaci\u00f3n de la propuesta educativa. A tal efecto se considerar\u00e1n tambi\u00e9n especialmente los relevamientos, estudios, evaluaciones e informes ya producidos por la Oficina de Empleo local, la Mesa Territorial, la Universidad Nacional de San Luis y toda aquella otra informaci\u00f3n que resulte respaldada por investigaciones consistentes y valederas, sean \u00e9stas provenientes de otras \u00e1reas municipales, provinciales, nacionales, universitarias o del sector privado, con el prop\u00f3sito de determinar las distintas \u00e1reas de demandas actuales y emergentes de necesidad de calificaci\u00f3n laboral a nivel de oficios. Este proceso de determinaci\u00f3n deber\u00e1 ser din\u00e1mica y permanentemente actualizado.<br \/>\nA modo enunciativo se detallan los siguientes ejemplos: Oficiales m\u00faltiples, Soldadores, Torneros, Matriceros, Ajustadores, Plegadores, Electricistas, Herreros, Oficiales en redes sanitarias (plomer\u00eda, cloacas, etc.), Oficiales alba\u00f1iles, Carpinteros industriales, Mozos, Conserjes, Mucamas, Ayudantes de Cocina, etc.<br \/>\nTanto los contenidos te\u00f3ricos como las actividades pr\u00e1cticas tendr\u00e1n en cuenta los procesos de trabajo espec\u00edficos y pertinentes a cada oficio..<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 5\u00ba<\/u><\/strong><strong>:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>PROPUESTA PEDAG\u00d3GICA<\/strong>: La propuesta estar\u00e1 sustentada en el criterio de relaci\u00f3n integradora teor\u00eda \/ pr\u00e1ctica. En este sentido, el dise\u00f1o contemplar\u00e1 espacios curriculares destinados a la fundamentaci\u00f3n te\u00f3rica, y otros espacios a la pr\u00e1ctica espec\u00edfica en permanente integraci\u00f3n. Por tanto la metodolog\u00eda ser\u00e1 activa, a modo de aula-taller y actividades en los talleres espec\u00edficos seg\u00fan el oficio. Para cumplir con esta metodolog\u00eda se deber\u00e1 disponer de aulas-taller provistas por la Municipalidad o a trav\u00e9s de convenios con otras instituciones educativas o productivas.<\/li>\n<li><strong> CURSOS Y DESTINATARIOS:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>B.1.<\/strong> Cursos de capacitaci\u00f3n y perfeccionamiento en Oficios para j\u00f3venes y adultos.<br \/>\n<strong>B.2.<\/strong> Cursos Especiales de aprendizaje y perfeccionamiento en Oficios para personas con capacidades diferentes.<br \/>\n<strong>B.3.<\/strong> Cursos de formaci\u00f3n de capacitadores: Modalidad\u00a0 destinada a id\u00f3neos en el oficio, brindando competencias para la funci\u00f3n de instructor, validando sus conocimientos, experiencias y habilidades en la ense\u00f1anza de oficios.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 6\u00ba<\/u><\/strong><strong>:<\/strong> El D.E.M., a trav\u00e9s de su Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n Municipal, otorgar\u00e1 los certificados de idoneidad municipales respectivos y en su momento y conforme al avance del programa,\u00a0 gestionar\u00e1 ante las respectivas autoridades provinciales y\/o nacionales la posibilidad de la homologaci\u00f3n, fiscalizaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n t\u00e9cnico &#8211; pedag\u00f3gica, con el fin de que las certificaciones correspondientes a los cursos de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n que se generen dentro del presente Programa pudieran adquirir la correspondiente validez a esos otros niveles.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 7\u00ba<\/u><\/strong><strong>: PASANTIAS Y PRACTICAS LABORALES:<\/strong> Con el objeto de que los educandos puedan llevar a la pr\u00e1ctica los conocimientos te\u00f3ricos adquiridos y para colaborar con su inserci\u00f3n en el medio productivo, el D.E.M. celebrara convenios con empresas u organizaciones de la regi\u00f3n.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 8\u00ba<\/u><\/strong><strong>: BASE DE DATOS DE LA OFICINA DE EMPLEO:<\/strong> Ser\u00e1 de especial utilidad y utilizaci\u00f3n esta estructura preexistente, conformando la misma un \u00e1mbito de encuentro entre las personas capacitadas por la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS y las empresas u organizaciones de la regi\u00f3n, donde \u00e9stas \u00faltimas podr\u00e1n dirigir sus acciones de reclutamiento de personal t\u00e9cnico. Se considera esencial para el buen funcionamiento de la BASE DE DATOS, la permanente actualizaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la misma entre los potenciales agentes econ\u00f3micos demandantes de mano de obra especializada.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 9\u00ba<\/u><\/strong><strong>:<\/strong> Se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar convenios de asistencia t\u00e9cnico-pedag\u00f3gica para la determinaci\u00f3n de las respectivas curr\u00edculas y el dictado de los cursos de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n referidos, con instituciones de reconocido prestigio locales, regionales, provinciales y nacionales y cualquier otra instituci\u00f3n publica o privada.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 10\u00ba<\/u><\/strong><strong>: CONSEJO CONSULTIVO:<\/strong><br \/>\n<strong>CREACI\u00d3N<\/strong>: Se conformar\u00e1 el Consejo Consultivo de la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS de la Villa de Merlo, el cual estar\u00e1 presidido por el Sr. Intendente Municipal o el funcionario que \u00e9l designe y contar\u00e1 con la integraci\u00f3n de: un representante del HCD, un representante de la Universidad Nacional de San Luis,\u00a0 un representante de la C\u00e1mara de la Industria Local y un representante del\u00a0 Rotary Club.-<br \/>\n<strong>FUNCIONES<u>:<\/u><\/strong> Ser\u00e1n funciones del Consejo Consultivo de la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS:<\/p>\n<ol>\n<li>Asesorar al Intendente Municipal en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas y programas de capacitaci\u00f3n laboral y formaci\u00f3n profesional.<\/li>\n<li>Promover una cultura de capacitaci\u00f3n laboral y formaci\u00f3n profesional entre empresarios, trabajadores y desocupados; vincul\u00e1ndolos con los centros educativos.<\/li>\n<li>Proponer las medidas necesarias para un potencial mejoramiento y\/o modificaci\u00f3n del presente Programa.<\/li>\n<li>Supervisar y controlar la consecuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de los recursos e intereses del Fondo Municipal para la Formaci\u00f3n en Oficios instituido en la presente Ordenanza.<\/li>\n<li>Velar por las pautas de calidad y reconocimiento de los conocimientos adquiridos en la formaci\u00f3n t\u00e9cnica, de modo tal que conduzcan a un mejor funcionamiento del mercado local de trabajo.<\/li>\n<li>Generar informaci\u00f3n cuantitativa y cualitativa \u00fatil para la selecci\u00f3n y designaci\u00f3n de instructores, capacitadores y formadores y para la identificaci\u00f3n, programaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y\/o adecuaci\u00f3n de curr\u00edculas y contenidos.<\/li>\n<li>Difundir peri\u00f3dicamente las actividades de la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS, as\u00ed como tambi\u00e9n dar cuenta p\u00fablica respecto del origen y aplicaci\u00f3n de recursos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><u>Art\u00edculo 11\u00ba<\/u><\/strong><strong>: CUENTA ESPECIAL PARA LA FORMACION EN OFICIOS:<\/strong> Los recursos necesarios para solventar el Programa se depositar\u00e1n en una Cuenta Especial para la Formaci\u00f3n en Oficios. Los recursos del Fondo ser\u00e1n aplicados conforme a las buenas pr\u00e1cticas contables y provendr\u00e1n de las alternativas de financiaci\u00f3n que son materia del art\u00edculo siguiente. Queda expresamente determinado que cualquier ingreso econ\u00f3mico destinado a \u00e9ste programa que llegue al municipio deber\u00e1 ser contabilizado exclusivamente en esta cuenta y no podr\u00e1 ser redestinado a otra cuenta bancaria del municipio u otra partida presupuestaria..<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 12\u00ba<\/u><\/strong><strong>: RECURSOS:<\/strong> A modo enunciativo y sin taxatividad, el Municipio podr\u00e1 optar por alguna o varias de las siguientes alternativas para la financiaci\u00f3n del Programa:<\/p>\n<ol>\n<li>Localizar y acudir a mecanismos ya existentes creados a tal efecto en niveles provinciales o nacionales.<\/li>\n<li>En particular tramitar y solicitar aportes a la Subsecretar\u00eda de Organizaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n Popular del Ministerio de Desarrollo Social de la Naci\u00f3n, de igual manera investigar y tramitar respecto a la posible obtenci\u00f3n de asignaciones no reembolsables (ANR) u otros tipos de financiamiento de las l\u00edneas disponibles para capacitaci\u00f3n que ofrece el Fondo de Adecuaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica (FONTAR) o Fondo Tecnol\u00f3gico Argentino dependiente de la Secretaria de Ciencia y T\u00e9cnica.<\/li>\n<li>Presentar el proyecto ante la Comisi\u00f3n Nacional Argentina para la UNESCO, a fin de solicitar un subsidio para las Escuelas, dentro del programa de Participaci\u00f3n que todos los a\u00f1os otorga ese organismo.<\/li>\n<li>Solicitar apoyo de organismos multinacionales como la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), los cuales recomiendan activamente y destinan recursos a la aplicaci\u00f3n de este tipo de programas de formaci\u00f3n en pa\u00edses semi-industrializados.<\/li>\n<li>Construir relaciones de colaboraci\u00f3n con los distintos niveles del gobierno nacional y provincial, a trav\u00e9s de los respectivos Ministerios de Educaci\u00f3n y de Trabajo y otras \u00e1rea oficiales que resulten de inter\u00e9s para el programa.<\/li>\n<li>Convenir con los otros municipios integrantes del Corredor Biocomechingones y con las empresas u organizaciones locales y de la regi\u00f3n la posibilidad de recibir aportes monetarios o de la utilizaci\u00f3n de espacios o edificios o de maquinaria, herramientas, materiales o de otros elementos que resulten de utilidad para el desarrollo de las actividades de la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS de manera voluntaria y relacionados a la manera directa o indirecta en que resultar\u00e1n beneficiadas gracias a que el Estado Municipal de Villa de Merlo capacitar\u00e1 a actuales o potenciales trabajadores de las mismas.<\/li>\n<li>Reglamentar alg\u00fan tipo de contribuci\u00f3n de los alumnos y ex alumnos al financiamiento del programa, el cual consistir\u00e1 en el aporte de su tiempo a colaborar en las actividades de capacitaci\u00f3n que en la misma Escuela se realicen.<\/li>\n<li>Destinar especialmente las instalaciones del edificio del Centro de Integraci\u00f3n Comunitaria y tambi\u00e9n y eventualmente otros espacios municipales o que el sector privado pueda proveer en condiciones adecuadas y convenientes al funcionamiento de la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><u>Art\u00edculo 13\u00ba<\/u><\/strong><strong>:<\/strong> La inscripci\u00f3n y cursado en la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS ser\u00e1 totalmente abierta, libre y gratuita.<br \/>\n<strong><u>Art\u00edculo 14\u00ba<\/u><\/strong><strong>:<\/strong> La convocatoria tanto del potencial alumnado\u00a0 e instructores, se realizar\u00e1 en forma p\u00fablica, abierta y a trav\u00e9s de medios masivos de comunicaci\u00f3n, donde se informar\u00e1 sobre las caracter\u00edsticas del Programa y se establecer\u00e1n las condiciones para la admisi\u00f3n.<br \/>\n<strong><u>Articulo 15\u00ba<\/u><\/strong><strong>:<\/strong> <strong>(Transitorio)<\/strong> Dada la disposici\u00f3n manifestada por el Rotary Club de Villa de Merlo, en base a su inter\u00e9s en el tema y a los contactos y avances establecidos junto con el Municipio de Villa de Merlo y la Direcci\u00f3n de Pr\u00e1cticas de Oficios Populares del Ministerio de Desarrollo Social de la Naci\u00f3n y teniendo en cuenta que ello posibilita a la brevedad el inicio de algunas actividades en la Escuela, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal priorizar la posibilidad de poner en marcha en el corto o mediano plazo los CURSOS \u2013 TALLERES que se decidan oportunamente en base a la propuesta del Rotary Club.<\/p>\n<h4><u>Art\u00edculo 16\u00ba<\/u>: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondr\u00e1 las partidas presupuestarias necesarias para avanzar en la implementaci\u00f3n del programa de la ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS y en la implementaci\u00f3n parcial de dicho programa en el corto plazo seg\u00fan lo incluido en el art\u00edculo 15\u00ba anterior.<\/h4>\n<h4><strong><u>Art\u00edculo 17\u00ba<\/u><\/strong><strong>: <\/strong><strong>COMUNIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-<\/strong><\/h4>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Villa de Merlo (San Luis), 03 de Diciembre de 2007.- &nbsp; O R D E N A N Z A\u00a0 N\u00ba 1076-HCD-2007 &nbsp; Programa \u201cESCUELA MUNICIPAL DE OFICIOS\u201d. VISTO: La necesidad de dotar a diversos segmentos de la poblaci\u00f3n local y de la regi\u00f3n de herramientas educativas de formaci\u00f3n te\u00f3rico &#8211; pr\u00e1ctica que les permita<\/p><\/div>\n<div class=\"blog-btn\"><a href=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/05\/11\/crea-programa-escuela-municipal-de-oficios\/\" class=\"home-blog-btn\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18,313],"tags":[199],"class_list":["post-1278","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-accion-social","category-ordenanzas-2007","tag-oficios"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1278","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1278"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1278\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7462,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1278\/revisions\/7462"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1278"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1278"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1278"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}