{"id":1148,"date":"2016-05-04T13:35:16","date_gmt":"2016-05-04T16:35:16","guid":{"rendered":"http:\/\/hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar\/?p=1148"},"modified":"2021-11-29T20:58:00","modified_gmt":"2021-11-29T23:58:00","slug":"reglamento-interno-parque-industrial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/05\/04\/reglamento-interno-parque-industrial\/","title":{"rendered":"REGLAMENTO INTERNO PARQUE INDUSTRIAL"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right\">Villa de Merlo (S.L.), 7 de Abril de 2006.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><span style=\"text-decoration: underline\"><strong>ORDENANZA N\u00ba 969-HCD-2006<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center\">(REGLAMENTO PARQUE INDUSTRIAL)<\/p>\n<p>&nbsp;<br \/>\n<strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nLa deuda que el Municipio tiene con las industrias radicadas en el Parque Industrial en materia legislativa; y<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<span style=\"text-decoration: underline\"><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/span><br \/>\nQue la importancia que reviste para la econom\u00eda y el flujo constante de trabajo que genera.-<br \/>\nQue despu\u00e9s de aceptar durante m\u00e1s de una d\u00e9cada el car\u00e1cter industrial del Parque \u201cEliseo Mercau\u201d, no tenemos legislaci\u00f3n al respecto que permita regular en forma ordenada y din\u00e1mica la industrializaci\u00f3n de nuestra Villa para dar mas trabajo a nuestros ciudadanos.-<br \/>\nQue es necesario propender a una radicaci\u00f3n ordenada de los establecimientos industriales, en\u00a0 armon\u00eda con el medio ambiente y con los n\u00facleos urbanos.-<br \/>\nQue se debe propiciar la integraci\u00f3n y complementaci\u00f3n de las actividades industriales en sus aspectos productivos, t\u00e9cnicos y comerciales.-<br \/>\nQue se deben alentar los procesos de capacitaci\u00f3n de recursos humanos, empresariales y laborales y el crecimiento del empleo industrial por medio de acciones comunes.-<br \/>\nQue es conveniente establecer un plan de desarrollo urbano para el Parque Industrial.-<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<strong>POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong>\u00a0<\/strong><br \/>\n<span style=\"text-decoration: underline\"><strong>ORDENANZA<\/strong><\/span>\n<\/p>\n<blockquote><p><strong>Art.1\u00ba).-\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Consid\u00e9rese Parque Industrial a toda extensi\u00f3n de tierra dotada de infraestructura y servicios de uso com\u00fan, localizada en armon\u00eda con los planes de desarrollo urbano locales y con el medio ambiente, apta para la radicaci\u00f3n de instalaciones industriales; que desarrollen una actividad consistente en la transformaci\u00f3n f\u00edsica, qu\u00edmica o fisicoqu\u00edmica en su forma o esencia de materia prima en un nuevo producto, el ensamble o montaje de diversas piezas como partes integrantes en la obtenci\u00f3n de productos acabados o semiacabados, transformaciones biol\u00f3gicas para la obtenci\u00f3n de bienes finales. Todo lo anteriormente citado debe ser ejecutado a trav\u00e9s de un proceso inducido mediante la aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas de producci\u00f3n uniforme, la utilizaci\u00f3n de maquinarias o equipos y la repetici\u00f3n de operaciones o procesos unitarios llevados a cabo en instalaciones fijas. Tambi\u00e9n podr\u00e1n radicarse en el mismo, aquellas empresas que desarrollen actividades de transformaci\u00f3n de materias primas o consumo de combustibles s\u00f3lidos, l\u00edquidos y gaseosos, en energ\u00eda el\u00e9ctrica.-<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>Art.2\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Los Parques y \u00c1reas Industriales deben ser planificadas delimit\u00e1ndose los siguientes usos: (Ley\u00a0 Nacional N\u00ba 11.778).-<br \/>\na)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Uso industrial exclusivo: Donde s\u00f3lo se autorizar\u00e1 la radicaci\u00f3n de instalaciones industriales que revistan las caracter\u00edsticas determinadas en el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente Ordenanza. Su utilizaci\u00f3n estar\u00e1 sujeta a las restricciones y condiciones que surgen de la presente Ordenanza, su reglamentaci\u00f3n y de la Ley Nacional N\u00ba 11.717 de Medio Ambiente.-<br \/>\nb)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Comercio, servicios y otras actividades econ\u00f3micas:\u00a0 En la medida que tengan por objeto satisfacer las necesidades funcionales del Parque Industrial, previa consulta a la Asamblea de Propietarios\u00a0 que refiere el\u00a0 Art. 9\u00ba, en caso de que se encuentre legalmente constituida.-<br \/>\nc)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 V\u00edas de circulaci\u00f3n y espacio para estacionamiento de veh\u00edculos, proyectadas, trazadas, por trazar y abiertas.-<br \/>\nd)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Viviendas. Con las restricciones de que estas \u00e1reas sean destinadas al personal de vigilancia, conservaci\u00f3n y seguridad o para el Gerente o funcionario similar del Parque Industrial. La construcci\u00f3n de viviendas con fines espec\u00edficos s\u00f3lo podr\u00e1 efectivizarse previa autorizaci\u00f3n de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n, e incluye a las que resulte necesario construir en los espacios de uso com\u00fan y en los asignados a uso Industrial\u00a0 exclusivo.-<br \/>\ne)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Garajes. S\u00f3lo se permitir\u00e1 la construcci\u00f3n de los que resulten necesarios para alojar los veh\u00edculos de las empresas y de las personas directamente vinculadas al Parque Industrial.-<br \/>\nf)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Comercios y servicios. Exclusivamente en las \u00e1reas destinadas a uso com\u00fan, en la medida en que tengan por objeto satisfacer las necesidades funcionales del Parque industrial, a criterio de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n (D.E.M \u2013 H.C.D.).-<br \/>\ng)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las viviendas ser\u00e1n destinadas al personal de vigilancia, conservaci\u00f3n.-<br \/>\n<strong>Art.3\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Queda prohibida la instalaci\u00f3n de plantas y dep\u00f3sitos de gas y otros combustibles.-<br \/>\n<strong>Art.4\u00ba).-\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Establ\u00e9zcase el Parque Industrial delimitado por las Manzanas, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 48 y 49 referente al plano Parque Industrial Cerro de Oro, Merlo, San Luis, seg\u00fan Plano N\u00ba 6\/20\/87 como Zona Industrial\u00a0 I .-<br \/>\n<strong>Art.5\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las empresas podr\u00e1n vender, si as\u00ed lo quisieran, sus productos y otros del mismo rubro, en un local destinado a tal fin que de al frente y con un espacio m\u00ednimo de 50 m2\u00a0 cubiertos sin tener necesidad de una segunda habilitaci\u00f3n, sujeto\u00a0 las disposiciones vigentes.-<br \/>\n<strong>Art.6\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La superficie a construir por cada empresa\u00a0 en un Parque o \u00c1rea Industrial, no podr\u00e1 superar el 50% (cincuenta por ciento) de la superficie total afectada a uso Industrial exclusivo.-<br \/>\nEn los casos excepcionales, cuando las necesidades de crecimiento o expansi\u00f3n de las empresas lo justifique, puede autorizarse el uso de una superficie mayor, previa acreditaci\u00f3n de:<br \/>\na)\u00a0\u00a0\u00a0 Que se ha ejecutado el proyecto que motiv\u00f3 la radicaci\u00f3n.-<br \/>\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Que las necesidades de expansi\u00f3n de la empresa requieran una superficie mayor, situaci\u00f3n que debe acreditarse con la presentaci\u00f3n de un proyecto de ampliaci\u00f3n, sujeto a aprobaci\u00f3n por parte de la autoridad de aplicaci\u00f3n (D.E.M. \u2013 H.C.D.).-<br \/>\n<strong>Art.7\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Los particulares titulares de parcelas y sujetos beneficiados con Ordenanzas de preadjudicaci\u00f3n y\/o adjudicaci\u00f3n, seg\u00fan sea el caso, en los Parques y \u00c1reas Industriales previamente establecidas como tales\u00a0 que desistan de continuar o ejecutar los proyectos que motivaron la titularidad, preadjudicaci\u00f3n o adjudicaci\u00f3n de parcelas a su favor, en forma permanente o transitoria, pueden optar por las siguientes alternativas:<br \/>\na) En los casos de no haber ejecutado mejoras\u00a0 o no haber tenido actividad por tres (3) a\u00f1os, deben comunicar la decisi\u00f3n adoptada al Municipio, renunciando a la ejecuci\u00f3n del Proyecto, quedando las mejoras si las hubiere a favor de \u00e9ste, cesando desde esa fecha\u00a0 los compromisos pendientes de pago, y se deber\u00e1 derogar la Ordenanza de preadjudicaci\u00f3n o adjudicaci\u00f3n respectiva. Se considerar\u00e1n nulas todas las ventas que pudieran concretarse a favor de terceros en estas condiciones.-<br \/>\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 En los casos de haber concretado mejoras o haber tenido actividad por tres (3) a\u00f1os, los sujetos beneficiados, titulares, preadjudicatarios o adjudicatarios, pueden optar por:<br \/>\n1-Transferir, en venta a terceros, los terrenos y las mejoras ejecutadas, sujeto a la aprobaci\u00f3n del organismo responsable de la venta de parcelas y en la medida en que el nuevo propietario se comprometa a someter\u00a0 a la Autoridad de Aplicaci\u00f3n (D.E.M.\u00a0 y H.C.D.). El Proyecto industrial a desarrollar en dichas parcelas y la venta quedar\u00e1 sujeta a la aprobaci\u00f3n del mismo y deber\u00e1 cumplir con todos lo establecido en la presente Ley y su reglamentaci\u00f3n.-<br \/>\n2- Proceder a la remoci\u00f3n de las mejoras ejecutadas y devolver las parcelas en las condiciones establecidas en el inciso a), al vendedor o al adjudicado.-<br \/>\n<strong>Art.8\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Cr\u00e9ase la Asamblea de titulares de parcelas y sujetos beneficiados con Ordenanzas de preadjudicaci\u00f3n y\/o adjudicaci\u00f3n, -seg\u00fan sea el caso-, como organismo de Autoridad y Control.-<br \/>\n<strong>Art.9\u00ba).-\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La administraci\u00f3n del Parque Industrial quedar\u00e1 a cargo de una Asamblea\u00a0 integrada en su totalidad por las empresas o personas f\u00edsicas mencionadas en el Art\u00edculo anterior y por los responsables de la promoci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y desarrollo del Parque o \u00c1rea Industrial, D.E.M. y H.C.D. (un representante de cada uno).-<br \/>\nCada una de las partes tiene un representante con derecho a voto.- Los integrantes tienen derecho a la designaci\u00f3n de un representante suplente, que act\u00faa en caso de ausencia o impedimento del titular.-<br \/>\nEstas acciones deber\u00e1n ser comunicadas al Ejecutivo y homologadas por el H.C.D.-<br \/>\n<strong>Art.10\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La Asamblea a la que se refiere los Art\u00edculos anteriores, es el principal \u00f3rgano de Direcci\u00f3n del Parque o \u00c1rea Industrial, y ejerce la misma mediante:<br \/>\n1- Redacci\u00f3n de\u00a0 un Reglamento Interno.-<br \/>\n2- Aprobaci\u00f3n del R\u00e9gimen de sanciones a infractores del Reglamento Interno.-<br \/>\n3- La designaci\u00f3n por el voto directo de sus integrantes, de un Comit\u00e9 Ejecutivo conformado, como m\u00e1ximo de cinco (5)\u00a0 miembros que tiene\u00a0 a su cargo la administraci\u00f3n de los espacios de uso com\u00fan, el mantenimiento y normal funcionamiento de las instalaciones y servicios y toda otra funci\u00f3n que le sea asignada en forma expresa por la Asamblea.-<br \/>\n<strong>Art.11\u00ba).-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-<br \/>\n&nbsp;<br \/>\nPresidente HCD: Ricardo Rodolfo Federico Labat<br \/>\nSecretario Legislativo HCD: Dr. Jorge H. Flores<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Villa de Merlo (S.L.), 7 de Abril de 2006.- &nbsp; ORDENANZA N\u00ba 969-HCD-2006 (REGLAMENTO PARQUE INDUSTRIAL) &nbsp; VISTO: La deuda que el Municipio tiene con las industrias radicadas en el Parque Industrial en materia legislativa; y &nbsp; CONSIDERANDO: Que la importancia que reviste para la econom\u00eda y el flujo constante de trabajo que genera.- Que<\/p><\/div>\n<div class=\"blog-btn\"><a href=\"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/2016\/05\/04\/reglamento-interno-parque-industrial\/\" class=\"home-blog-btn\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[314,9],"tags":[208],"class_list":["post-1148","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ordenanzas-2006","category-planeamiento-urbano","tag-parque"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1148","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1148"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1148\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7489,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1148\/revisions\/7489"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1148"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1148"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/hcdvillademerlo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1148"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}