Villa de Merlo, (San Luis), 19 de mayo de 2022
ORDENANZA N° VII-1048-HCD-2022
VISTO:
La presentación efectuada por el Presidente de la Asociación de Taxis de la Villa de Merlo (S.L.); y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la Nota Recibida Nº 106-HCD-2022, con fecha 26/04/22, los taxistas de nuestra Villa a través de la Asociación de Taxis, solicitan un incremento de emergencia en sus tarifas, por el aumento que a su vez han tenido de sus insumos indispensables.-
Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste H.C.D., se resolvió que no se pueden desconocer los argumentos dados por la Asociación por lo que y sin perjuicio que el último incremento otorgado a este sector, data del día 09/12/21, mediante Ordenanza Nº VII-1023-HCD-2021, se concluye que puede hacerse lugar a lo solicitado.-
Que por todo ello se dispone conforme lo que a continuación se establece. –
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad:
EN ZONA URBANA (TARIFA 1):
- BAJADA DE BANDERA: $ 110.00.- (ciento diez pesos), hasta los 100 metros recorridos. –
- CAIDA DE FICHAS (ZONA URBANA): $10.00.- (10 pesos), por cada 100 m, que se registren luego de los 100 metros iniciales. –
EN RUTA (TARIFA 2):
- BAJADA DE BANDERA: $ 110.- (ciento diez pesos).-
- CAIDA DE FICHAS: $ 9.00.- (nueve pesos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros iniciales.-
HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de 120 fichas, según la zona correspondiente (urbana o en ruta).-
ARTICULO 2º: DEROGAR, en todas sus partes la Ordenanza Nº VII-1023-HCD-2021, de fecha 09/10/21.-
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-