Villa de Merlo, 11 de Marzo de 2021
RESOLUCIÓN N° 2162-HCD-2021
VISTO:
La Ordenanza N° II-0878-HCD-2019, que establece la obligatoriedad de controles medicos: estudios de colposcopia, papanicolau y mamografia a favor del personal femenino de la Municipalidad de la Villa de Merlo, y
CONSIDERANDO:
Que las patologías mamarias malignas ocupan el primer lugar de causa de muerte por cáncer en mujeres y la segunda causa de muerte, luego de las enfermedades cardiovasculares.-
Que teniendo en cuenta que la patología es prevenible a través de la realización de estudios de diagnósticos y mamografías, siendo ésta última una de las herramientas más eficaces para hacer frente a este tipo de enfermedades por lo que corresponde destacar que el estudio debe acentuarse en todas las mujeres.-
Que la Agencia Internacional de Investigación sobre Cáncer (IARC), Argentina presenta una tasa de incidencia de 212 casos por 100.000 habitantes, cifra que la posiciona dentro de los países del mundo con incidencia de cáncer media-alta.-
Que en Argentina, el cáncer de mama es el de mayor magnitud en cuanto a ocurrencia: con mas de 21.000 casos al año, representa el 17% de todos los tumores malignos y casi un tercio de los canceres femeninos.-
Que nuestra comunidad tanto local coma provincial el cáncer en la mujer tienen una alta tasa.-
Que en nuestra localidad de Merlo y después de muchas gestiones, sobre todo de la fundación Alas de Vida, se incorporó al equipo médico del Hospital Madre Catalina la especialidad contando con dos profesionales, asimismo se inauguró en San Luis la construcción del Centro Oncológico Integral.-
Que es necesario trabajar en pos de la detección precoz del cáncer en este caso de las mujeres, ya que llegada la enfermedad no sólo comprende tratamientos invasivos de mucho sufrimiento para la persona que lo padece, sino que se ve afectado su grupo familiar y su entorno cercano.-
Que es necesario trabajar no sólo en el ámbito público sino también en el ámbito privado, que permita a las trabajadoras el goce de una licencia que no tenga que ver con el uso de licencia por enfermedad sino con días para prevención en salud.-
Que la obra social DOSEP ha lanzado una campaña denominada «DOSEP MUJER», para chequeos de salud de las mujeres.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°: SOLICITAR a los Legisladores Provinciales, que desde el cargo y función que desempeñan, elaboren una propuesta en base a los considerandos y el articulado de la Ordenanza N° II-0878-HCD-2019 que «ESTABLECE la obligatoriedad de controles médicos y su licencia a favor del personal femenino de la Municipalidad de la Villa de Merlo»; para que los objetivos allí propuestos puedan ser imitados por una Ley Provincial, sumando la posibilidad de que puedan alcanzar tanto al ámbito público como al privado.-
ARTÍCULO 2º: DE FORMA.-