RESOLUCIÓN N° 2127-HCD-2020

RESOLUCIÓN N° 2127-HCD-2020

Villa de Merlo, (San Luis), 25 de Septiembre de 2020.-

RESOLUCIÓN N° 2127-HCD-2020

VISTO:

El Proyecto de Gastos y Recursos de éste Honorable Concejo Deliberante, presupuestado para el Año 2021; y:

CONSIDERANDO:

Que el mismo debe ser enviado al Departamento Ejecutivo Municipal, para que sea incluido en el Presupuesto General de Gastos y Recursos del Municipio correspondiente al Ejercicio del Año 2021, cumplimentándose de esta forma con la legislación provincial que rige en la materia.-

Que mediante la Nota Recibida N° 316-HCD-2020, ingresada con fecha 22.09.2020, el Area Contable de este H.C.D., eleva para consideración del Cuerpo, Planilla de Presupuesto de Gastos y Recursos correspondiente al próximo ejercicio 2021.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: ESTIMAR, en la suma de $26.014.526,37.- el total de erogaciones del Presupuesto General del Honorable Concejo Deliberante para el ejercicio Año 2021, de acuerdo a detalles de la Planilla Anexa la que forma parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 2°: ESTIMAR, en la suma de $26.014.526,37.- el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el Artículo 1º.-

ARTICULO 3º: Como consecuencia de lo establecido en los Artículos precedentes estimase un balance preventivo:

EROGACIONES:
$26.014.526,37.-

RECURSOS:
$26.014.526,37.-

RESULTADO EQUILIBRADO

ARTICULO 4°: Se deja aclarado que la presente Resolución se remite al D.E.M., en cumplimiento de la legislación vigente, y para que pueda elaborar en tiempo y en forma el Presupuesto General de la Municipalidad Villa de Merlo, Ejercicio 2021.-

ARTICULO 5°: Se formula reserva de realizar a la estimación de Presupuesto de este H.C.D. practicada, las adecuaciones que pudieren surgir en oportunidad de considerar para su aprobación el Presupuesto General que remita el D.E.M., y en el futuro conforme a las contingencias económicas que fueren surgiendo.-

ARTICULO 6°: DE FORMA.-

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