RESOLUCIÓN N° 2093-HCD-2020

RESOLUCIÓN N° 2093-HCD-2020

Villa de Merlo, (San Luís), 23 de Abril de 2020.-

RESOLUCIÓN N° 2093-HCD-2020

REQUERIMIENTO ATP, ATN Y DEMAS PARA PAGO DE SUELDOS

VISTO:

La imposibilidad de pagar los sueldos del Personal Municipal en su totalidad y la Ley Nº XII-0351-2004 de Coparticipación Municipal, el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 del Gobierno Nacional, la Nota enviada al Gobernador de la Provincia la N.E. N° 028-HCD-2020, del 16 de Abril solicitando ayuda económica y aumento de la coparticipación Municipal de acuerdo al Decreto Nacional Nº 352/2020 del Poder Ejecutivo que creó el PROGRAMA PARA LA EMERGENCIA FINANCIERA PROVINCIAL; y:

CONSIDERANDO:

Que es imperiosa la necesidad de buscar fuentes de financiamiento para completar la fuerte caída de la recaudación propia del Municipio y de la disminución de la coparticipación municipal que en la última decena de marzo cayó más de un 12% interanual y nominal, por lo que a ello se debe sumar el efecto de la desvalorización monetaria; también en mismo período se registró una caída de más del 15% intermensual.- Que los datos consignados en el considerando precedente han sido suministrados en forma personal por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Merlo, en oportunidad de realizarse reunión Plenario de este H.C.D. con él, con fecha 22 de Abril de 2020.- Que en lo que va de la emergencia sanitaria, las ciudades y pueblos de San Luis no han recibido fondos adicionales para atender las demandas que en el último mes se multiplicaron ni para compensar la caída de sus recursos.- Que ante esta situación la Municipalidad de Villa de Merlo, ve comprometida su situación económica-financiera y por ende pone en peligro el pago de sus compromisos, especialmente el Pago completo de Salarios de su Personal y la prestación de los Servicios Publicos esenciales a los merlinos.- Que la Ley Nº XII-0351-2004 de Coparticipación Municipal en su articulo 3° inciso b.3 determina: “b.3) El 0,5% para el Fondo de Aportes del Tesoro Provincial.” y en su art. N° 21 lo crea. Que es necesario hacer uso del inciso b.3 y del art.N°21 de Aportes del Tesoro Provincial.- Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE E ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°: ENCOMENDAR al D.E.M. arbitre los medios necesarios con carácter de URGENTE ante el Gobierno Provincial para obtener los Fondos del Tesoro Provincial (ATP) creados por el art. N°21° de la Ley Nº XII-0351-2004 de Coparticipación Municipal, a los fines de completar los gastos presupuestarios del mes de abril y mayo para el PAGO DE SALARIOS del Personal Municipal y de la prestación de los Servicios Publicos esenciales.-

ARTICULO 2º: ENCOMENDAR al D.E.M., arbitre los medios necesarios con carácter de URGENTE ante el Gobierno Nacional para obtener los Fondos del Tesoro Nacional (ATN), a los mismos fines que los expresados en el Art. Precedente.-

ARTICULO 3º: AUTORIZAR al D.E.M., -y de ser necesario- a la contratación de préstamos con Organismos Crediticios, en lo posible con tasa 0, y/o al menor interés posible, para cumplir con la finalidad expresada en los artículos precedentes.-

ARTICULO 4°: DE FORMA.

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