Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Diciembre de 2020.-
“FE DE ERRATAS”
ORDENANZA N° VII- 0912-HCD-2019
VISTO:
Las Ordenanzas N° VI-0908-HCD-2019 y N° VII-0912-HCD-2019, ambas sancionadas el día 19 de Diciembre de 2019, por este H.C.D.; y:
CONSIDERANDO:
Que ambas normas citadas en el visto de esta FE DE ERRATAS, se refieren al Ente Mixto de Protección Animal, creado a su vez, por Ordenanza N° VI-0654-HCD-2014.-
Que la primera, se refiere a modificar el Capítulo II, Recursos, Art. 10° de la Ordenanza N° VI-0654-HCD-2014.-
Que la segunda, debió referirse a la creación de una Tasa con destino específico para el financiamiento del Ente incorporada a los contribuyentes de las Tasas por Seguridad e Higiene, creando una cuenta específica a favor del Ente e incorporando la misma a Ordenanza Tarifaria.-
Que se incurrió en un error material e involuntario, (quizás proveniente del hecho de que a ambos despachos se les colocó el número de N.R. N° 776 del 16.12.2019), y en ambas normas se colocó lo atinente al tema expresado en el segundo considerando de la presente.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece. –
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
“FE DE ERRATAS”
ARTICULO 1º: DEJAR, sin efecto el actual texto que contiene la Ordenanza N° VII-0912-HCD-2019.-
ARTICULO 2º: INCORPORAR, en la norma citada el texto correcto, proveniente de la Nota Recibida N° 776-HCD-2019, ingresado con fecha 16.12.2019, en lo atinente a la creación de Tasa para el Ente.-
ARTICULO 3º: APLICAR en el caso, lo normado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1159-HCD-2009.-
ARTICULO 4°: COMUNICAR y REMITIR al DEM, la norma con el texto correcto.-
ARTICULO 5º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-