Villa de Merlo, (San Luís), 01 de Agosto de 2019.-
RESOLUCION Nº 2034-HCD-2019
VISTO:
Que el pasado viernes 26 de julio del cte. año en la localidad de Juana Koslay en una audiencia pública la empresa distribuidora de energía provincial, Edesal, solicitó al Ente Regulador de Energía aplicar un aumento de 63% en la tarifa de la luz; y:
CONSIDERANDO:
Que de este modo, la empresa se adelanta dos meses a los seis que deben existir para la convocatoria, que se cumplirían en septiembre ya que el último aumento se produjo en marzo de 2019.-
Que Argentina tiene el tramo de distribución del servicio eléctrico dividido por jurisdicción.-
Que cada provincia cuenta con la autoridad para regular la tarifa de distribución de su jurisdicción. Cada una tiene la competencia para determinar qué costos requiere para prestar el servicio de distribución y remunerarlo en virtud de ello.-
Que recientemente mediante dos resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, la medida fue oficializada por el Gobierno: Se congelaron las tarifas para los usuarios de Edenor y Edesur, que operan en la Ciudad y el Gran Buenos Aires. Las tarifas de energía de Edenor y Edesur fueron congeladas para los usuarios del Área Metropolitana de Buenos Aires, a través de dos resoluciones (04/2019 y 105/2019) del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).-
Que la tarifa eléctrica en San Luis es una las más altas en el país y los usuarios están disconformes.-
Que existe falta de inversión en la prestación del servicio y nuestra comunidad sufre las consecuencias ya que muchos vecinos se le es denegado el servicio por falta de obras para el tendido, debiendo en muchos casos los mismos ciudadanos hacerse cargo de los costos.-
Que en la audiencia deberían discutirse estos temas también, no solo sobre los aumentos de los costos de la economía.-
Que sumado a ello, hay que señalar que no obstante los avances en materia de energías renovables en la provincia, y a pesar de la Ley de Promoción y Desarrollo de Energías Renovables (IX-0921-2014), falta un mayor compromiso para el fomento e incentivo a proyectos que utilicen este tipo de energía, ya que el futuro está en la diversificación de la matriz energética. La nueva legislación nacional de fomento de energías renovables (ley 27191) prevé mayores beneficios fiscales e invita a las provincias a adherirse a la misma, sin embargo, nuestra provincia todavía no lo ha hecho.-
Que dicho aumento debe ser avalado ó denegado por la Comisión Reguladora de Energía.-
Que el mencionado organismo en el momento de la evaluación debe tener en cuenta la profunda crisis económico social que atraviesa nuestro país, los argentinos y los sanluiseños ya hemos realizado un gran esfuerzo durante estos años, ya es hora que también lo hagan las empresas que como EDESAL no han sido rozadas por el deterioro de la economía sino por el contrario repartieron recientemente jugosos dividendos a sus accionistas.-
Que diversos artículos de la Ley 24.065 del régimen de energía eléctrica refieren a una dimensión no técnica en la que interviene el costo de la electricidad. En el art. 40 habla de tarifas justas y razonables y en el art. 46 incorpora el concepto de interés público. El Ente Nacional Regulador asegura que los principios a considerar en las solicitudes de aumento de tarifas son entre otros la “solidaridad y equidad” teniendo en cuenta la “capacidad de pago de los usuarios”.-
Que es casi obvio explicitar la incidencia en las economías familiares de los costos que deben afrontar por los servicios en general y por las tarifas eléctricas en particular, con aumentos que han superado el 800 % en estos últimos años, cuando los salarios en el mejor de los casos alcanzaron la tercera parte de esa cifra.-
Que otro tema a considerar se refiere a la seguridad urbana, puesto que es imprescindible mantener las ciudades iluminadas y la repercusión que supone para los presupuestos municipales el componente de la tarifa eléctrica que asegura la iluminación pública, de sostenerla con éstos aumentos desmedidos afectará necesariamente otros rubros.-
Que también la provisión de agua se vería afectada, puesto que la Cooperativa con sus estaciones de bombeo tiene a la energía eléctrica entre sus principales insumos.-
Finalmente EDESAL justifica su pretensión basada en “un mayor reconocimiento por mas inflación y costos de mantenimiento”. Los usuarios, ¿no deben tener un mayor reconocimiento por la inflación y la caída de salarios?.-
Que por todo ello se dispone dictar la presente resolución en los términos que siguen.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: SOLICITAR al Gobernador de la Provincia que desestime el aumento del SESENTA Y TRES PORCIENTO requerido por la empresa EDESAL, en audiencia publica realizada el dia 26.07.19 en la Localidad Juana Koslay.-
ARTICULO 2º: SOLICITAR a la Comisión Reguladora de Energía tenga en cuenta el Rechazo en todos sus términos que se formula de la pretensión de aumento de tarifas planteada por la empresa EDESAL en la Audiencia Pública del 26 de julio del corriente por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.-
ARTICULO 3º: SOLICITAR a la Legislatura Provincial adhiera a las Leyes Nacionales sobre uso de energías renovables.-
ARTICULO 4º: REMITIR la copia de la presente al Sr. Gobernador de la Provincia de San Luis, a la Comisión Reguladora de Energía a la Legislatura Provincial y al DEM., para su toma de razón.-
ARTICULO 5º: DE FORMA.-