Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Octubre de 2018.-
RESOLUCION Nº 1961-HCD-2018
VISTO:
La Nota Recibida Nº 500-HCD-2018; ingresada al Concejo con fecha 30.07.2018; y:
CONSIDERANDO:
Que la misma es ingresada por los Sres. HECTOR RUBEN CORDOBA y MONICA PATRICIA ENRIQUE, mediante la cual plantean su imposibilidad de obtener Final de Obra en una propiedad que les pertenece.-
Que con fecha 09 de Agosto del corriente año, el H.C.D. remitió la Nota Emitida N° 192-HCD-2018, a la Dirección de Obras Privadas Municipal, Arq. Antonella Laudo Malet, requiriendo que solicite a los interesados la documentación faltante conforme a la legislación vigente, y luego remita la misma. Todo ello para poder darle continuidad al tratamiento de esta solicitud.-
Que con fecha 14.08.2018, ingresa Nota Recibida N° 557-HCD-2018, mediante la cual la Dirección de Obras Privadas Municipal responde a la Nota Emitida de referencia, donde informa que se verifica que la parcela no posee planos aprobados, y que solo se registra el ingreso de un plano para visado previo en el año 2014, mediante el cual se constata todo lo expuesto por los propietarios, en lo referido a la edificación, y adjunta la documentación faltante.-
Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, y a los efectos de regularizar la situación planteada por los interesados, Sres. HECTOR RUBEN CORDOBA y MONICA PATRICIA ENRIQUE, el tratamiento del Plano de Relevamiento en los términos de la Ordenanza Nº VIII-0663-HCD-2015. (Plan de Regularización de Obras).-
ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados, para su toma de razón.-
ARTICULO 3º: DE FORMA.-