Villa de Merlo, (San Luis), 28 de Marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 1887-HCD-2018
VISTO:
El Expediente formado por solicitud del Sr. RODRIGO JAVIER ALVAREZ; y:
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones citadas fueron iniciadas a través de la Nota Recibida N° 305-HCD-2017, de fecha 07 de Junio de 2017, presentada por la Dirección de Catastro Municipal, quien eleva Expediente de la persona mencionada en el visto de esta Resolución, en su carácter de propietario del inmueble ubicado en Calle s/nombre N° 112, B° Despertar del Valle, Cerro de Oro, de esta localidad Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, según Proyecto de Plano de Mensura a los efectos de constituir Derecho Real de Propiedad Horizontal del edificio construido (Art. 2037 y ss. del CCyC de La Nación), confeccionado por el Ingeniero Agrimensor MARIANO G. BAEZ, M.P. Nº 315 del C.A.S.L., inscripto su dominio en la Matrícula: 03-9738 – R° 6 – A° 2, en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, Padrón N° 931.511, de la Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis, Nomenclatura Catastral Municipal, Circunscripción Merlo, Manzana F, Parcela 1405.-
Que la Nota referenciada en el párrafo anterior contenía una consulta sobre la factibilidad de la P.H. en cuestión, la que fue respondida afirmativamente mediante la Nota Emitida N° 225-HCD-2017, de fecha 21.09.2017.-
Que con fecha 28.11.2017, ingresa la Nota Recibida N° 840-HCD-2017, con la que se agrega el Proyecto de Plano.-
Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones expuestas y que constan en los considerandos de la presente Resolución, la aprobación Proyecto de Plano de Mensura a los efectos de constituir Derecho Real de Propiedad Horizontal del edificio construido (Art. 2037 y ss. del CCyC de La Nación), confeccionado por el Ingeniero Agrimensor MARIANO G. BAEZ, M.P. Nº 315 del C.A.S.L., respecto del inmueble ubicado en Calle s/nombre N° 112, B° Despertar del Valle, Cerro de Oro, de esta localidad Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis inscripto su dominio en la Matrícula: 03-9738 – R° 6 – A° 2, en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, Padrón N° 931.511, de la Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis, Nomenclatura Catastral Municipal, Circunscripción Merlo, Manzana F, Parcela 1405, cuyo propietario es el Sr. RODRIGO JAVIER ALVAREZ, D.N.I. N° 27.270.236.-
ARTICULO 2°: El Proyecto de Plano de Mensura a los efectos de constituir Derecho Real de Propiedad Horizontal del edificio construido (art. 2037 y ss. del CCyC de La Nación) remitido, es firmado por los Concejales al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº X-0796-HCD-2017, de que sido tratado por ante este H.C.D.-
ARTICULO 3º: El solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-
ARTICULO 4°: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados, para su toma de razón.-
ARTICULO 5º: DE FORMA.-