Archivo el 6 de octubre de 2017

ORDENANZA IX-0788-HCD-2017: AUTORIZAR AL DEM A UTILIZAR AL FONDO FEDERAL SOLIDARIO PARA COMPRA DE CAMION IVECO DAILY

                                               Villa de Merlo (S.L.), 28 de Septiembre de 2017.-

 

ORDENANZA IX-0788-HCD-2017

 
VISTO:

La Nota Recibida Nº 592-HCD-2017, ingresada a este H.C.D., con fecha 19 de Septiembre de 2017; y:

CONSIDERANDO:

Que la presentación mencionada en el visto de la presente norma, responde a un pedido efectuado por el Sr. Intendente Municipal Lic. Miguel Ángel Flores, solicitando la correspondiente autorización para utilizar recursos provenientes del Fondo Federal Solidario, y destinarlos a la compra de un camión chasis Iveco Daily,  para dar continuidad al “Plan de Mantenimiento de Alumbrado Público 2017 – 2018 Ciudad Villa de Merlo”, por la suma de pesos Seiscientos Diecinueve Mil Quinientos Dieciseis con 00/100 ($619.516,00).-

Que manifiesta el Funcionario mencionado haber presentado oportunamente este Proyecto por ante el Ministerio correspondiente por el EXD-0000-8030216/17, en el marco de la Resolución Nº 283-MHP-2009 y encuadrado en la adhesión a la distribución de los recursos del Fondo Federal Solidario homologada por Decreto Nº 819-MHP-2009.-

Que el Proyecto cuenta también con la actuación e informe del Comité de Evaluación y Seguimiento de Proyectos del Fondo Federal Solidario sin objeciones, según consta en act. DOCEXT 126359/17, habiendo tomado intervención el Área de Municipios y el Programa Finanzas y Recursos como así la Oficina Legal del Ministerio de Gobierno, Justicia, Culto y Transporte, también sin objeciones. De ésta forma se han cumplido con todas las normas de procedimiento según Resolución Nº 283-MHP-2009 y sus modificatorias Nros. 268-MHP-2010, 255-MHyOP-2012 y 11-MGJCyT-2016, según consta en Informes y Notas de los considerandos de la Resolución Nº 88-MGJyC-2017, cuya copia agrega al pedido.-

Que la solicitud se encuadra en el marco de la competencia establecida en la Ley Nº V-0789-2011 y sus modificatorias Ley Nº V-0795-2011, Ley Nº V-0870-2013 y Ley Nº V-0938-2015, actuando en conjunto el Ministerio de Gobierno, Justicia, Culto y Transporte, el Ministerio de Hacienda Pública y el Ministerio de Obras Públicas e Infraestructura, dando también aprobación favorable.-

Que el Fondo Federal Solidario, más comúnmente conocido como Fondo de la Soja, se constituyó para ser destinado a Obra Pública y supletoriamente a Inversión Pública.-

Que en el caso en particular, se somete este Proyecto a consideración de éste H.C.D. y ya fue presentado ante Asuntos Municipales de la Provincia que es el Órgano administrador de este Fondo y quién lo deriva, habiendo obtenido una resolución favorable que aprueba ésta inversión, siendo su objeto la adquisición de un camión chasis IVECO DAILY para ser afectado al mantenimiento del alumbrado público.-

Que los beneficios que ofrece esta modalidad, es que conforme surge de la documental agregada (presupuestos y demás), la compra por ejemplo, se realizaría sin intermediarios.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar recursos provenientes del Fondo Federal Solidario, por hasta un monto máximo de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS DIECISEIS CON 00/100  ($619.516,00).-

ARTICULO 2º: El monto en cuestión será destinado a la adquisición de un camión chasis IVECO DAILY, el que asegurará la continuidad del “Plan de Mantenimiento de Alumbrado Público 2017 – 2018 Ciudad Villa de Merlo”, y en un todo de acuerdo a lo ya aprobado mediante la Resolución Nº 88-MGJyC-2017, de fecha 14 de Septiembre de 2017.-

ARTICULO 3º: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante los actos y gestiones necesarios tendientes a asegurar el normal cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Municipalidad en el marco de la presente asistencia financiera, así como a suscribir los convenios y acuerdos pertinentes y efectuar las declaraciones y manifestaciones atinentes a tal fin.-

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y  OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0787-HCD-2017: “MODIFICA ORD. 744/2000 – ORDENAMIENTO ZONA RUTA Nº 5”

MODIFICADA POR ORDENANZA Nº VIII-0795-HCD-2017

http://www.hcdvillademerlo.com.ar/ordenanza-no-viii-0795-hcd-2017-modifica-ordenanza-no-viii-0787-hcd-2017-cercos-y-medianeros-zona-r1a/

Villa de Merlo, (San Luís), 21 de Septiembre de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0787-HCD-2017

“MODIFICA ORD. 744/2000 – ORDENAMIENTO ZONA RUTA Nº 5”

 

VISTO:

Las Ordenanzas N° 744-HCD-2000 y modificatorias; y:

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario regular el ordenamiento territorial de la Villa de Merlo en zonas bajas de la Villa.

Que debido al gran desarrollo y crecimiento de orden demográfico de la Ciudad,  obliga a  extender las zonas urbanas planificando el crecimiento.

Que la ubicación del nuevo barrio provincial 272 viviendas necesita de índices urbanísticos.-

Que han sido numerosos los requerimientos de vecinos, con problemas sobre estas zonas, que han motivado más de una vez, el dictado de resoluciones estableciendo excepciones a la normativa vigente.-

Que demorar la implementación de la reglamentación de las secciones y zonas antes citadas traería problemas en el desarrollo y crecimiento armónico de la Villa.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,  SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: INCORPORASE, a la Ordenanza Nº 744-HCD-2000 el Art. 2.3.4.11 Zona Comercial C11, el Art. 2.3.5.14 Zona Residencial 1a: R1a, el Art. 2.3.5.15 Zona Residencial de Transición 1: RT1 y el Art. 2.3.5.16 Zona Residencial 10: R10.-

Zonas Comerciales y Residenciales:

Zonas Residenciales: R1a, R10, RT1 (residencial de transición),

Zonas Comerciales: C11

2.1. ZONAS: las zonas están delimitadas y representadas gráficamente en el plano de zonificación que  se acompaña y se corresponden con los siguientes límites que se detallan:

2.1.1 Zona C11: Se encuentra ubicada a ambos márgenes de Ruta Provincial Nº5, incluyendo los lotes frentistas a la Ruta, formando una paralela a ambos lados de la misma en un ancho de 50mts, limitando al Este con zona comercial C3 y al Oeste con el límite del ejido.

2.1.2 ZONA R1A: se encuentra ubicada en todo el Barrio provincial 272 viviendas.

2.1.3   ZONA RT1 (Zona de Transición 1): Se encuentra ubicada y delimitada por el polígono que limita al Este con zona R1, luego siendo su límite sur la prolongación de calle La Corzuela, Límite Oeste formando una paralela a calle Av. El Rosedal de 600 metros lineales y su límite norte la Zona C11.

2.1.4 ZONA R10: Se encuentra ubicada y delimitada por los siguientes polígonos:

  1. 1.4.1 polígono 1: linda al Este con la zona RT1, continuando en su límite al sur con la proyección de los límites de la parcelas Nº 3 y 4 de la Manzana 801, continuando con su límite al Oeste con Zona R1A (Barrio 272 viv) y su límite Norte la zona C11.

2.1.4.2 polígono 2: linda al Este con zona R1A (Barrio 272 viv),  continuando con su límite Sur, una recta paralela a 600 mts de Ruta Nº 5, Límite Oeste fin del ejido y Limite Norte con zona C11.

2.1.4.3 polígono 3: linda al Oeste con el final del ejido, límite Sur corresponde a la zona C11, Límite Este zona R1 y su límite Norte definida por el arroyo El Tigre y luego su proyección hasta calle vecinal de acceso a cantera, de éste se continúa por una paralela de 400 mts a Ruta Provincial Nº 5.

INDICADORES URBANÍSTICOS:

 

ZONA R1A: Se le asignan los mismos índices urbanísticos, usos, retiros y demás indicadores de la Ord. Nº 744-HCD-2000 “ZONA R1” y modificatorias

ZONA RT1 (Residencial de Transición):

A: Uso     DOMINANTE: residencia

   COMPLEMENTARIO: Educación, cultura

   Talleres y manufactura: TM1 y TM2

Comercio minorista CM1 y CM2.

Sanidad
CONDICIONADO: CM3 y TM3.

ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: ver C. de E.

 

 

B: Dimensiones    Superficie mínima de parcela: 500 m2 (quinientos m2)

Dimensión de frente mínimo: 15,00 m (quince metros)

C: Retiros:

De Frente: 3 m (tres metros)
Unilateral: 3 m (tres metros)
De fondo: 3 m (tres metros)

D: Índices:

F.O.S.: a) 0.25
b) 0.25
c)0.5
F.O.T.: 0.30

E: Altura Max.:

A.M.E.: 10 m ( diez metros)

F: Techos:

a) Forma: Pendiente mínima según especificaciones técnicas del material a utilizar
Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70%
b) Material: Libre – Color rojo

G: Cercos:

a) murete de 0.60 m (cero metro con sesenta centímetros) con o sin cerco vivo de 1.60 m (un metro con sesenta centímetros)
b) de mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera o tronco.

H: Medianeras

a) altura máx. 1.60 m (un metro con sesenta centímetros)
b) reja alambre tejido, con o sin cerco vivo

ZONA R10:

A: Uso     DOMINANTE: residencia

   COMPLEMENTARIO: Educación, cultura

   Talleres y manufactura: TM1 y TM2

   Esparcimiento b

   Comercio minorista CM1 y CM2.

   Hotelería,Sanidad
CONDICIONADO: CM3 y TM3.

ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: ver C. de E.

 

 

B: Dimensiones    Superficie mínima de parcela: 750 m2 (setecientos cincuenta m2)

Dimensión de frente mínimo: 15,00 m (quince metros)

C: Retiros:

De Frente: 4 m (cuatro metros)
Unilateral: 3 m (tres metros)
De fondo: 4 m (cuatro metros)

D: Índices:

F.O.S.: a) 0.25
b) 0.25
c)0.5
F.O.T.: 0.30
O.E.: para Hotelería 18 m2 (dieciocho metros cuadrados) por plaza, estacionamiento obligatorio según ordenanza vigente.
E.V.: Espacio verde hoteles 65 m2 (sesenta y cinco metros cuadrados) por plaza

E: Altura Max.:

A.M.E.: 10 m ( diez metros)

F: Techos:

a) Forma: Pendiente mínima según especificaciones técnicas del material a utilizar
Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70%
b) Material: Libre – Color rojo

G: Cercos:

a) murete de 0.60 m (cero metro con sesenta centímetros) con o sin cerco vivo de 1.60 m (un metro con sesenta centímetros)
b) de mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera o tronco.

H: Medianeras

a) altura máx. 1.60 m (un metro con sesenta centímetros)
b) reja alambre tejido, con o sin cerco vivo

ZONA C11 (zona Comercial 11):

A: Uso

DOMINANTE: Comercio Minorista CM1, CM2 y CM3.
Servicios S1, S2 y S3
COMPLEMENTARIO: Residencial, Hotelería, Educación, Sanidad
Talleres y Manufactura TM1, TM2, TM3 y TM4.
Cultura y Esparcimiento a) b) c) y d)
CONDICIONADO:
ACTIVIDAD por grado de molestia: ver  C. de E.

  

B: Dimensiones    Superficie mínima de parcela: 1500 m2 (un mil quinientos m2)

Dimensión de frente mínimo: 25,00 m (veinticinco metros)

C: Retiros:

De Frente: 6 m (seis metros)
Bilateral: 3 m (tres metros)
De fondo: 6 m (seis metros)

D: Índices:

F.O.S,: a) 0.5
b)0.2
c)0.3
F.O.T.: 0.8
O.E.: para Hotelería 18 m2 (dieciocho metros cuadrados) por plaza, estacionamiento obligatorio según ordenanza vigente.
E.V.: Espacio verde hoteles 65 m2 (sesenta y cinco metros cuadrados) por plaza

E: Altura Max.:

A.M.E.: 10 m ( diez metros)

F: Techos:

a) Forma: Pendiente mínima según especificaciones técnicas del material a utilizar
Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70%
b) Material: Libre – Color rojo

G: Cercos:

a) murete de 0.60 m (cero metro con sesenta centímetros) con o sin cerco vivo de 1.60 m (un metro con sesenta centímetros)
b) de mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera o tronco.

H: Medianeras

a) altura máx. 1.60 m (un metro con sesenta centímetros)
b) reja alambre tejido, con o sin cerco vivo

Quedan excluidos todos los planos que, con anterioridad a la sanción de la presente Ordenanza hayan sido aprobados municipalmente.

Los alojamientos turísticos se regirán por lo dispuesto en la Ordenanza N° VIII-0496-HCD-2012.-

ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº X- 0786-HCD-2017: HOMOLOGAR ACTA DE DONACIÓN DE LOS SRES. LIENDO

 

Villa de Merlo, (San Luís), 14 de Septiembre de 2017.-

 
 

ORDENANZA Nº X- 0786-HCD-2017

 
 
VISTO:

La Nota Recibida Nº 521-HCD-2017, ingresada a este H.C.D. con fecha 01 de Septiembre de 2017; y:

CONSIDERANDO:

Que la citada presentación fue realizada por la Dirección de Catastro de la Municipalidad de Villa de Merlo, elevando Expediente del Sr. LIENDO MARTIN y Otros, agregando nota de pedido, acta de donación firmada por todos los propietarios, copia del Plano de Mensura N° 6/20/02 y copia satelital.-

Que el Acta de Donación tiene fecha del día 17 de Junio de 2017, y cuenta con firmas certificadas por Escribana Pública, la suscriben los Sres.: MARTIN LIENDO, M N° 6.798.710, casado con MARIA DELICIA URQUIZA, L.C. N° 3.218.435, CARMEN IRINEO LIENDO, DNI N° 6.792.190, viudo de MARIA ALBERTA DRYON, LUIS ALBERTO LIENDO, DNI N° 12.338.946 y CARLOS VICENTE LIENDO, DNI N° 13.825.641, como únicos herederos en Auto Interlocutorio N° 61/2013, ZENON o SENON CASIMIRO LIENDO, DNI N° 6.803.391, casado con ELIDA BEATRIZ NIEVA, DNI N° 4.597.993, JUAN PABLO LIENDO, DNI N° 6.806.198, casado con DOMINGA AURELIA BUSTOS, DNI N° 5.183.828, MARGARITA ELSA LIENDO, DNI N° 5.183.805, casada con AMERICO ARGENTINO MANCILLA, DNI N° 6.812.975, MARIA DELIA LIENDO, DNI N° 4.862.676, casada con CARLOS OMAR RODRIGUEZ, DNI N° 6.810.063, CARMEN BEATRIZ FERNANDEZ, DNI N° 12.969.538, JOSE ALBERTO FERNANDEZ, DNI N° 11.892.084 y JUAN CARLOS FERNANDEZ, DNI N° 11.165.689 como herederos declarados de la Sra. AIDA DOROTEA LIENDO, según consta en la Resolución de Declaratoria de Herederos de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 18 de Diciembre de 1996; se deja constancia que el Sr. JOSE ALBERTO FERNANDEZ, es representado para el acto por el Sr. WALTER ESTEBAN LIENDO, DNI N° 29.177.858, autorizada por Escribana Pública.-

Que todos lo hacen en su carácter de propietarios de dos bienes inmuebles ubicados en Barrio Las Acacias, Villa de Merlo, Partido de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, que de conformidad al Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor CLAUDIO E. ORTIZ y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, bajo el N° 6/20/02,en fecha 26 de Abril de 2002, se designan como: 1) Parcela UNO de la Manzana 89 la cual consigna una superficie de 5.671,12 mts.2 destinada a Espacio Verde; y 2) Parcela CINCO la cual consigna una superficie de 6.185,25 mts.2, destinada a Calles Públicas y Ochavas las cuales según Título e inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad constan al Tomo 30 (Ley 3236) de Junín, Folio 39 N° 30593 y empadronadas en la Dirección General de Catastro bajo el Padrón Antecedente 345.785 de la Receptoría 13, de Merlo.-

Que en dicha Acta, los comparecientes expresan formalmente que donan las dos parcelas precedentemente individualizadas a favor de la Municipalidad de Villa de Merlo, San Luis, haciendo tradición y otorgando la posesión real y material de las mismas, comprometiéndose a otorgar y suscribir las pertinentes escrituras traslativas de dominio a favor del Estado Municipal, al ser requeridos para ello por este.-

Que los espacios verdes siempre han sido y son motivo de constante resguardo, siendo interés del Ejecutivo Municipal  y de éste H.C.D., la regularización dominial de todos los inmuebles afectados a tal utilidad.-

Que la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), en el Artículo 4º dice: “ESTABLECER, que a partir de la sanción de la presente, la documentación mediante la cual se establezca el ingreso al peculio municipal de inmuebles destinados a espacios verdes, cualquiera fuera su instrumentación, deberá previamente, ser elevada a éste H.C.D. para su homologación.-“

Que analizadas las constancias referidas,  y conforme lo indica el Art. 4º de la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), este Concejo resuelve la homologación de la donación en cuestión, conforme se dispone a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: HOMOLOGAR, el Acta de Donación de fecha  17 de Junio de 2017, suscripta por los Sres.: MARTIN LIENDO, M N° 6.798.710, casado con MARIA DELICIA URQUIZA, L.C. N° 3.218.435, CARMEN IRINEO LIENDO, DNI N° 6.792.190, viudo de MARIA ALBERTA DRYON, LUIS ALBERTO LIENDO, DNI N° 12.338.946 y CARLOS VICENTE LIENDO, DNI N° 13.825.641, como únicos herederos en Auto Interlocutorio N° 61/2013, ZENON o SENON CASIMIRO LIENDO, DNI N° 6.803.391, casado con ELIDA BEATRIZ NIEVA, DNI N° 4.597.993, JUAN PABLO LIENDO, DNI N° 6.806.198, casado con DOMINGA AURELIA BUSTOS, DNI N° 5.183.828, MARGARITA ELSA LIENDO, DNI N° 5.183.805, casada con AMERICO ARGENTINO MANCILLA, DNI N° 6.812.975, MARIA DELIA LIENDO, DNI N° 4.862.676, casada con CARLOS OMAR RODRIGUEZ, DNI N° 6.810.063, CARMEN BEATRIZ FERNANDEZ, DNI N° 12.969.538, JOSE ALBERTO FERNANDEZ, DNI N° 11.892.084 y JUAN CARLOS FERNANDEZ, DNI N° 11.165.689 como herederos declarados de la Sra. AIDA DOROTEA LIENDO, según consta en la Resolución de Declaratoria de Herederos de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 18 de Diciembre de 1996; se deja constancia que el Sr. JOSE ALBERTO FERNANDEZ, es representado para el acto por el Sr. WALTER ESTEBAN LIENDO, DNI N° 29.177.858; quienes en su carácter de propietarios de dos bienes inmuebles ubicados en Barrio Las Acacias, Villa de Merlo, Partido de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, que de conformidad al Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor CLAUDIO E. ORTIZ y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, bajo el N° 6/20/02,en fecha 26 de Abril de 2002, se designan como: 1) Parcela UNO de la Manzana 89 la cual consigna una superficie de 5.671,12 mts.2 destinada a Espacio Verde; y 2) Parcela CINCO la cual consigna una superficie de 6.185,25 mts.2, destinada a Calles Públicas y Ochavas las cuales según Título e inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad constan al Tomo 30 (Ley 3236) de Junín, Folio 39 N° 30593 y empadronadas en la Dirección General de Catastro bajo el Padrón Antecedente 345.785 de la Receptoría 13, de Merlo.-

ARTICULO 2º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al D.E.M. la realización de la/s pertinente/s escritura/s traslativa/s de dominio a fin de inscribir registralmente los inmuebles cedidos a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-

ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 030-HCD-2017 FECHA: 05 DE OCTUBRE DE 2017

 

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

ACTA N° 030-HCD-2017

FECHA: 05  DE OCTUBRE DE 2017

De los Despachos de Comisión.-

1) Nota R. Nº 627-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL a la Biblioteca Popular “El Faro”, ubicada en Avenida Los Almendros N° 4, de esta Villa de Merlo, San Luis.-

2) Nota R. Nº 628-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Comisión Directiva del Club Casino, en ref.: Responder Nota R. Nº 608-HCD-17 e invitarlos a reunión de Comisión del día Miércoles 11 del corriente mes y año, a las 19:00 hs..-

3) Nota R. Nº 629-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza, en ref.: DEROGAR, en todas sus partes y por las razones expuestas en los considerandos de la presente, la Ordenanza N° 1062-HCD-2007, sancionada con fecha 17 de Septiembre del año 2007.-

4) Nota R. Nº 630-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Sra. Miriam Fabiana Poll, en ref.: Responder Nota Recibida N° 605-HCD-2017, mediante la cual solicita reunión para trasmitir propuesta del Centro de Re-Ligación, e invitarla a reunión de Comisión del día Miércoles 11 del corriente mes y año, a las 20:00 horas, en el Recinto de Sesiones de éste H.C.D.-

5) Nota R. Nº 631-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza, en ref.: Derogar Ordenanzas N° X-0473-HCD-2012 (Establece presentaciones al HCD) y N° VIII-0688-HCD-2015 (Requerimientos sobre Planos), sancionadas con fechas 11 de Abril de 2012 y 05 de Noviembre de 2015, respectivamente

6) Nota R. Nº 632-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en ref.: Responder Nota R. Nº  597-HCD-17 en relación a las obras de infraestructura para la autorización estipulada en el Art. 1° de la Resolución N° 1810-HCD-2017, sobre la propiedad de la Sra. CELINDA RAYMUNDA PINTO.-

7) Nota R. Nº 633-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR al D.E.M., para efectivizar la aprobación de Subdivisión del inmueble ubicado en Piedra Blanca, propiedad de la Sra. MONICA ESTHER PÉREZ, según Declaratoria de Herederos.-

8) Nota R. Nº 643-HCD-17.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: Adherir al pedido de aparición con vida de Santiago Maldonado.-

De las Comunicaciones Oficiales.-

9) Nota R. Nº 641-HCD-17.- Cooperativa Telefónica de Merlo, informa nombres de representantes para participar de la creación y reglamentación de la norma para las Estaciones de Rebaje.-

10) Nota R. Nº 642-HCD-17.- Fundación Alas de Vida, informa designación de representantes para las gestiones referentes a los Centros Electromagnéticos.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

11) Nota R. Nº 626-HCD-17.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretario de Gobierno, Dr. José Oscar Pérez, elevan Presupuesto año 2018.-

12) Nota R. Nº 636-HCD-17.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, eleva pedido de los Sres. Marta Agüero y otros, sobre Proyecto para instalar criadero de conejos para comercialización de la carne,  en Barrio Quintas del Tomero.-

13) Nota R. Nº 638-HCD-17.- Secretario de Gobierno, Dr. José Oscar Pérez, eleva nota solicitando subsanar Ordenanza Nº VIII-0534-HCD-2012 sobre espacios verdes destinados a equipamiento urbano loteo del Sr. Vicente Bedoya.-

14) Nota R. Nº 639-HCD-17.-  Secretario de Gobierno, Dr. José Oscar Pérez, responde Nota E.Nº 242-HCD-17, sobre pedido de informes por Comercio de Confitería ubicado en Cnel. Mercau, entre Sobremonte y Cerro Azul y eleva documentación solicitada.-

15) Nota R. Nº 626-HCD-17.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretario de Gobierno, Dr. José Oscar Pérez, elevan Proyecto de Ordenanza de Presupuesto año 2018

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

16) Nota R. Nº 623-HCD-17.-  Bomberos Voluntarios de la Villa de Merlo, elevan Proyecto, en ref.: Centro de Capacitación y Formación de Bomberos y Brigadas Especiales.-

17) Nota R. Nº 624-HCD-17.- Vecinos elevan Acta por poda de árbol en Barrio San Agustín.-

18) Nota R. Nº 634-HCD-17.-  Vecinos de Calle “Los Olivares”, manifiestan rechazo por el dictado de la Resolución Nº 1835-HCD-17.-

19) Nota R. Nº 635-HCD-17.- Presidente de la Asociación de Taxis de la Villa de Merlo, Sr. Héctor Segato, eleva propuestas sobre paradas de taxis.-

20) Nota R. Nº 637-HCD-17.- Asociación Civil Entidad Merlina de Protección Animal, solicita aumentar las castraciones mensuales de perros.-

21) Nota R. Nº 640-HCD-17.- Sr. Jorge Ontiveros, solicita Banca del Vecino para exponer cuestiones inherentes a la calle Nicasio Ontiveros y a Resolución Nº 1835-HCD-17.-

22) Nota R. Nº 644-HCD-17.- Sra. Nilda Bresciano y Sr. Jorge Klein, de la Fundación Planetario de Merlo, solicita Declarar de Interés Cultural y Turístico la actividad que desempeña la mencionada Organización.-

23) Nota R. Nº 645-HCD-17.- Vecinos del Barrio Nuevo Merlo, elevan nota en ref.: Mediciones observadas en la Subestación de Rebaje, ubicada en Avda. Eva Duarte, Esq. Cerro Overo.-