Villa de Merlo, (San Luis), 21 de Septiembre de 2017.-
RESOLUCIÓN Nº 1833-HCD-2017
VISTO:
La Nota Recibida N° 177-HCD-2017, ingresada a este H.C.D. con fecha 27 de Abril de 2017; y:
CONSIDERANDO:
Que tal solicitud, ingresó al Concejo elevada por la Dirección de Catastro del Municipio, remitiendo Expediente de la Sra. NORMA MORALES DE ARAMAYO RIVERO, D.N.I. N° 02.508.826, en el que se solicita la aprobación de un pedido de subdivisión de inmueble por adelanto de herencia, ubicado en Calle Presbítero Becerra N° 951/950, de ésta localidad, Nomenclatura Catastral Municipal, Sección 02, Manzana 67, Parcela 4, Padrón N° 342.958, Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis, inscripto su dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al T° 14 (Ley 3236) de Junín, F° 394, N° 9931, con una superficie de 468,64 mts2.-
Que presenta un Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Mariano G. Báez, M.P. N° 315 del C.A.S.L. y manifiesta que la intención de subdividir obedece a la necesidad de realizar un adelanto de herencia a favor de sus dos hijos: NORMA GABRIELA ARAMAYO MORALES, D.N.I. N° 20.136.701 y DIEGO SAUL ARAMAYO MORALES, D.N.I. N° 21.105.047.-
Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D., -realizado el tratamiento del pedido, por vía de excepción, decide hacer lugar a la solicitud por cuanto ya se encuentra consolidada la situación del inmueble-, elevando sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, y por vía de excepción, la aprobación del Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Mariano G. Báez, M.P. N° 315 del C.A.S.L. respecto del inmueble propiedad de la Sra. NORMA MORALES DE ARAMAYO RIVERO, D.N.I. N° 02.508.826, ubicado en Calle Presbítero Becerra N° 951/950, de ésta localidad, Nomenclatura Catastral Municipal, Sección 02, Manzana 67, Parcela 4, Padrón N° 342.958, Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis, inscripto su dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al T° 14 (Ley 3236) de Junín, F° 394, N° 9931, con una superficie de 468,64 mts2.-
ARTICULO 2º: El Proyecto de Plano remitido firmado por los Concejales y que se adjunta, es al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, de que ha sido tratado por este H.C.D.-
ARTICULO 3°: La solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante las Areas pertinentes del D.E.M., quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-
ARTICULO 4º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados para su toma de razón.-
ARTICULO 5º: DE FORMA.-