RESOLUCIÓN Nº 1811-HCD-2017: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO LA PELÍCULA “AMOR Y FUEGO 2 (CONTRAFUEGO)”

RESOLUCIÓN Nº 1811-HCD-2017: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO LA PELÍCULA “AMOR Y FUEGO 2 (CONTRAFUEGO)”

Villa de Merlo, (San Luís), 27 de Julio de 2017.-

 
 

RESOLUCION Nº 1811-HCD-2017

 
VISTO: 

La Nota Recibida Nº 423-HCD-2017, ingresada a este Cuerpo Deliberativo con fecha 26.07.17; y:

CONSIDERANDO:

Que ésta presentación ha sido realizada por la Sr. IVAN GAZZO, escritor, director, guionista de cine y músico solicitando la Declaración de Interés de la película/documental “Amor y Fuego 2 (Contrafuego)”; un Homenaje a Bomberos Voluntarios de la Villa de Merlo.-

Que la película se estará estrenando y exhibiendo durante el próximo mes de Agosto en diferentes lugares del norte de San Luis- narra (en género documental) la labor permanente de los Bomberos Voluntarios del norte de la provincia.-

Que el largometraje es un homenaje a la actividad del bombero voluntario y demuestra el valor y honor que representa ser “bombero”.-

Que en esta película participarán Bomberos Voluntarios de Merlo, Carpintería, Los Molles, Villa Larca, Papagayos, Villa del Carmen, Santa Rosa del Conlara, Lafinur y Quines.-

Que este Concejo en su oportunidad,  a través de la Resolución Nº 1668-HCD-2016, Declaro de Interés Municipal la Película “Amor y Fuego”.-

Que este Cuerpo ha dictado la Ordenanza Nº 949-HCD-05 sobre Figuras Protocolares, Capítulo III – Arts. 25º, sucesivos, siguientes y concordantes, la que lo faculta y le permite realizar este tipo de declaraciones.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

   

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO (S.L.), la película “Amor y Fuego 2 (Contrafuego)”; un homenaje a Bomberos Voluntarios del norte de la Provincia de San Luis.-

 

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente al  D.E.M. y al interesado, para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

Los comentarios están cerrados.