Villa de Merlo, (San Luís), 06 de Julio de 2017.-
RESOLUCIÓN Nº 1808-HCD-2017
ADHESIÓN AL PROYECTO DE LEY NACIONAL
“FOMENTO DEL MONTAÑISMO”
VISTO:
La Nota Recibida Nº 372-HCD-2017, ingresada este Honorable Concejo Deliberante de Villa de Merlo, Provincia de San Luis, con fecha 03 de Junio de 2017; y:
CONSIDERANDO:
Que esta presentación fue realizada por el Presidente y Secretaria del CLUB ANDINO SAN LUIS, con Personería Jurídica – Resolución Nro. 05/2014, quienes solicitan a este Cuerpo Colegiado, que exprese su formal adhesión al Proyecto de Ley Nacional de “Fomento del Montañismo”.-
Que exponen los solicitantes que dicho Proyecto se ha presentado ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, en forma pública en el Congreso Nacional el pasado 15 de Mayo y fue girado para su tratamiento a las Comisiones de Deportes (presidida por la legisladora puntana Ivana Bianchi_) y de Legislatura General.-
Que el Proyecto cuenta con la adhesión e impulso de más de 40 clubes y grupos de montaña de 18 Provincias argentinas, más dos Organizaciones Nacionales (Fasa y Andinistas Argentinos) y Organizaciones Internacionales (Comisión de Acceso de la UIAA y Acceso Panam).-
Que el pedido fue tratado sobre tablas en la Sesión Ordinaria del día de la fecha, habiéndose votado por unanimidad de los Ediles que conforman el Cuerpo en forma favorable, según se establece a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: DECLARAR SU ADHESION al Proyecto Nacional de Ley de “FOMENTO DEL MONTAÑISMO”, en trámite en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación bajo el Expediente Nº 1280/2017, expresando que vería con agrado que el mismo reciba sanción legislativa convirtiéndose en Ley.-
ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, a las Autoridades de dicha Cámara y a las Comisiones correspondientes en las que el Proyecto se encuentre en tratamiento y al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 3º: DE FORMA.-