Villa de Merlo, (San Luis), 05 de Junio de 2014.-
ORDENANZA Nº VIII-0613-HCD-2014
VISTO:
La Ordenanza Nº VIII-0552-HCD-2013; y:
CONSIDERANDO:
Que la misma ha brindado al Municipio de Villa de Merlo, la posibilidad de contar con sistemas alternativos de construcción que utilicen recursos de características naturales, teniendo en cuenta las experiencias a nivel nacional e internacional, denominados sistemas constructivos en tierra cruda.-
Que ésta iniciativa legislativa está despertado un importante interés en la población, habiendo ingresado incluso a este H.C.D., diferentes propuestas y proyectos sobre el tema, los que como lo indica la norma, fueron girados a la Comisión Evaluadora de Proyectos.-
Que lo expuesto, nos hace presumir que se irán acrecentando las propuestas sobre este tema.-
Que el Artículo 4º de la Ordenanza consignada en el visto, estableció un plazo de 12 meses para su vigencia, por lo que tornó necesario plantear su prórroga y en su caso determinar plazo de la misma.-
Que por unanimidad la Comisión Plenario de este Cuerpo, dispone resolver lo siguiente.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: PRORROGAR, por un término de 12 meses contados a partir de la sanción de la presente, la vigencia de la Ordenanza Nº VIII-0552-HCD-2013.-
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/construccion-en-tierra-cruda/